Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 05/12/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo

Orden de 21 de noviembre de 2008, relativa a la modificación de la Orden de 5 de diciembre de 2006, por la que se regulan los Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos Programas.

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Los proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo se configuran como una medida eficaz de inserción en el mercado de trabajo a través de la cualificación y profesionalización de personas desempleadas, mediante la formación en alternancia con la práctica profesional y mediante el desarrollo de tareas de acompañamiento e inserción de éstas. Como consecuencia de la situación económica actual, en Andalucía el mercado de trabajo afronta una serie de dificultades, en las que inciden elementos relacionados con los mercados financieros globales y el comportamiento de la actividad económica nacional.

Todo ello comporta la necesidad de que los proyectos que se generen para tales fines fomenten el acceso al empleo de personas desempleadas, preferenciando aquellos colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo como las mujeres, jóvenes menores de 25 años, demandantes de empleo de larga duración, demandantes de empleo en riesgo de exclusión, personas con discapacidad, minorías étnicas e inmigrantes legalmente documentados, entre otros, que faciliten la adquisición de experiencia laboral a dichas personas, las sitúen en las mejores condiciones en el mercado de trabajo, posibilitando la creación de empleos estables y de calidad y reduciendo asimismo la precariedad laboral.

Para que dichos proyectos alcancen los objetivos de calidad antes mencionados, es necesario establecer un nuevo plazo de presentación de las solicitudes de los incentivos establecidos en la Orden de 5 de diciembre de 2006, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.

En uso de las facultades que me han sido conferidas, y a propuesta de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 5 de diciembre de 2006, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.

Se modifica el artículo 25 de la Orden de 5 de diciembre de 2006, que queda redactado en los siguientes términos:

«Las solicitudes de ayudas públicas a los Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, reguladas en esta Orden, deberán presentarse durante el mes de enero del año en el que se vaya a iniciar el proyecto.»

Disposición final única: Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de noviembre de 2008

Antonio Fernández García

Consejero de Empleo

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