Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 09/12/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 25 de noviembre de 2008, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de concesión de subvenciones convocado por la Orden de 18 de abril de 2008, por la que se convoca la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de los riesgos laborales para el año 2008 con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por Orden de 19 de julio de 2005.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

PREÁMBULO

Mediante Orden de 18 de abril de 2008 se convoca la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de los riesgos laborales para el año 2008 con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por Orden de 19 de julio de 2005.

Conforme se prevé en el artículo 16.4 de esta última Orden por la que establecen las bases reguladoras, el plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas y notificar la correspondiente resolución es de seis meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, y conforme se prevé en el artículo 6 de la Orden de convocatoria de 18 de abril de 2008 el plazo de presentación de solicitudes es de treinta días naturales a partir del día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha Orden fue publicada el día 13 de mayo de 2008 (BOJA número 94 del 2008).

A la vista de lo anteriormente establecido el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 12 de junio de 2008 y consecuentemente el plazo para resolver y notificar la correspondiente Resolución finaliza el 13 de diciembre de 2008.

La Dirección General de Seguridad y Salud Laboral que, no obstante haber dispuesto todos los medios materiales a su alcance para cumplir con los trámites previstos y en plazo, ha constatado que no es posible resolver las solicitudes en plazo, debido a su elevado número y la complejidad de cada expediente, en cuanto a la determinación de la idoneidad de los proyectos o actividades a subvencionar. Ante dicha circunstancia, se considera conveniente la ampliación del plazo de resolución de las solicitudes y su notificación, conforme se prevé en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

DISPONGO

Artículo Único. Ampliar hasta el 14 de marzo de 2009 el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de concesión de subvenciones previstas en la Orden de 18 de abril de 2008, por la que se convoca la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de los riesgos laborales para el año 2008 con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por Orden de 19 de julio de 2005.

Contra el presente Acuerdo, que deberá ser publicado en los tablones de anuncios de la Consejería de Empleo y sus Delegaciones Provinciales y, simultáneamente, en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no cabrá recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 25 de noviembre de 2008

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

Descargar PDF