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De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 22 de enero de 1986, sobre tarifas máximas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros, modificado por el Acuerdo de 30 de septiembre de 2008 del Consejo de Gobierno para dicho ejercicio; vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por el Ayuntamiento de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 26 de la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Economía y Hacienda,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 1,19 euros
Kilómetro recorrido 0,83 euros
Hora de parada o espera 18,01 euros
Carrera mínima 3,24 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,45 euros
Kilómetro recorrido 1,01 euros
Hora de parada o espera 22,54 euros
Carrera mínima 4,06 euros
La Tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
a) En sábados, domingos y festivos, de 0 a 24 horas.
b) En horas nocturnas de 21 a 7 horas.
c) En Semana Santa y Feria de Abril.
d) Los días 24 y 31 de diciembre, desde las 0 a 24 horas.
Tarifa 3. Aeropuerto (entrada y salida)
En los supuestos de la tarifa 1 20,70 euros
En los supuestos de la tarifa 2 23,08 euros
Servicios durante Semana Santa
y Feria de 21 a 7 horas 28,85 euros
En los servicios solicitados por teléfono, se le sumará lo que marque el taxímetro hasta el punto de recogida del pasajero.
Suplementos:
Por cada maleta, bulto o conjunto de bultos
de más de 60 cm (excluida la tarifa 3) 0,44 euros
Servicios en días de Semana Santa y Feria de Abril de 21 a 7 horas:
a) Sobre lo marcado en el taxímetro en la tarifa 2 25%
b) Sobre la cantidad de 23,08 euros de la tarifa 3 25%
Por salida de la Estación de Santa Justa 1,26 euros
Por servicios viernes, sábados y vísperas
de festivos desde las 22 horas hasta las
6 horas (excluida tarifa 3) 1,99 euros
Servicios Especiales (sobre lo marcado en el aparato taxímetro)
- Control de vuelo del aeropuerto
y CASA San Pablo 4,29 euros
- Puerto del Batán, Abonos Sevilla,
Astilleros y Esclusa 1,95 euros
Servicios Interurbanos
Serán de aplicación las establecidas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.
Esta Resolución surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2009, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo ante esta Viceconsejería, recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo señalado en los artículos 48, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Sevilla, según disponen los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de diciembre de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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