Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
Por Resoluciones de la Delegación del Gobierno de Córdoba, de 19 de diciembre pasado, son concedidas a los beneficiarios que a continuación se indican, vecinos de los municipios que se expresan, las cantidades que igualmente se reflejan, subvención de carácter excepcional para paliar los daños producidos en las viviendas y/o enseres domiciliarios.
El contenido íntegro de dichas Resoluciones ha sido notificado individualmente a cada uno de los interesados.
Contra las presentes Resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Córdoba, 17 de enero de 2008.- El Jefe del Servicio de Protección Civil, Manuel Muñoz Aguilar.
Descargar PDF