Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 07/02/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de enero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería, dimanante del procedimiento ordinario núm. 622/2007 (PD. 256/2008).

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EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario 622/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería a instancia de Juana Fuentes Fernández y Antonia Cayuela Fuentes contra Constructora de Naves Industriales de Almería, S.A., sobre Otorgamiento de Escritura Pública de Compraventa, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 9/2008

En Almería, a dieciséis de enero de dos mil ocho.

La Sra. doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. ordinario (N) 622/2007 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Juana Fuentes Fernández y Antonia Cayuela Fuentes con Procurador don Martín Alcalde, Salvador y Letrado don Oliva Martín, José Luis; y de otra como demandado Constructora de Naves Industriales de Almería, S.A., en rebeldía procesal, sobre Otorgamiento de Escritura Pública de Compraventa y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña Juana Fuentes Fernández y Antonia Cayuela Fuentes con Procurador don Martín Alcalde, Salvador frente a Constructora de Naves Industriales de Almería, S.A., en rebeldía procesal, debo declarar y declaro la validez del contrato privado de compraventa de 26 de septiembre de 1978 celebrado entre Ana Cayuela Fuentes y Luisa Fuentes Femández de un lado y Constructora de Naves Industriales de Almería, S.A., de otro, sobre el local sito en Avda. Carrero Blanco, hoy Avda. Mediterráneo 222, locales 14 y 15 del Edificio "los Alameríes" y, debo condenar y condeno a la entidad demandada a elevar a escritura pública el referido contrato y a pagar a las actoras 2.362,48 euros, más intereses legales y con imposición de costas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado Juez del Juzgado de Primera instancia núm. Uno de Almería.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Constructora de Naves Industriales de Almería, S.A., extiendo y firmo la presente en Almería, a dieciséis de enero de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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