Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 04/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia.

Acuerdo de 26 de diciembre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se otorgan concesiones para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas terrestres a los Ayuntamientos de Algeciras, Almería, Cádiz, Córdoba, Dos Hermanas, El Ejido, Fuengirola, Granada, Huelva, Jaén, Jerez de la Frontera, Málaga y Sevilla. (PD. 5690/2007).

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La Ley 41/1995, de 22 de diciembre, de Televisión Local por Ondas Terrestres, dispone en su artículo 5 que el servicio de televisión local por ondas terrestres podrá ser gestionado por los municipios mediante alguna de las formas previstas en el artículo 85.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, previa obtención de la correspondiente concesión. Asimismo, el artículo 9 de la citada Ley establece que la gestión directa del programa de televisión digital deberá adoptarse por el pleno de la corporación municipal de aquellos municipios incluidos en las demarcaciones previstas en el Plan técnico nacional de televisión digital local.

Mediante el Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, se aprobó el Plan técnico nacional de televisión digital local, quedando definidos los canales múltiples correspondientes a cada demarcación y los parámetros técnicos asociados, siendo posteriormente modificado parcialmente por el Real Decreto 2268/2004, de 3 de diciembre, en lo referente al ámbito de ciertas demarcaciones.

En el ámbito competencial el Decreto 1/2006, de 10 de enero, regula el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres en Andalucía, estableciéndose en la Sección segunda del Capítulo IV de la citada norma el procedimiento para el otorgamiento de las concesiones para la gestión directa municipal del programa de televisión digital local. En su desarrollo, mediante el Acuerdo de 11 de abril de 2006, del Consejo de Gobierno, se convocó el otorgamiento de concesiones para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas terrestres en Andalucía y se aprobaron las bases generales reguladoras de la convocatoria.

Cumplimentados los requisitos y trámites previstos en los artículos 26 y 27 del Decreto 1/2006, de 10 de enero, así como en las bases de la convocatoria correspondiente, hecha consideración de la idoneidad de los proyectos presentados para satisfacer los principios inspiradores del servicio de televisión local en Andalucía, así como la observancia de los requisitos establecidos en la legislación en vigor, a propuesta del Consejero de la Presidencia, el Consejo de Gobierno, en su sesión del día 26 de diciembre de 2007, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Otorgar la concesión para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas terrestres en Andalucía a los Ayuntamientos de Algeciras, Almería, Cádiz, Córdoba, Dos Hermanas, El Ejido, Fuengirola, Granada, Huelva, Jaén, Jerez de la Frontera, Málaga y Sevilla, en los programas reservados para la gestión pública en los canales múltiples de las demarcaciones especificadas en el Anexo a este Acuerdo.

Segundo. El otorgamiento de la concesión determinará la suscripción del documento administrativo de gestión de servicios públicos, que se formalizará por la Consejería de la Presidencia y las personas que ostenten la representación de los referidos Ayuntamientos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. El plazo de vigencia de la concesión es de diez años, iniciándose su cómputo el día siguiente al de formalización del documento administrativo, y podrá prorrogarse por períodos iguales, previa solicitud del concesionario con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento.

Cuarto. En todo caso, el concesionario queda obligado a cumplir con los requisitos y condiciones de la concesión, tanto de carácter técnico como de organización y control, gestión y contenidos, que se establecen en las normas que rigen la concesión.

Quinto. La titularidad de la concesión de dominio público radioeléctrico aneja a la concesión del servicio de televisión digital local otorgada, será compartida con aquellas otras entidades que accedan igualmente al aprovechamiento de programas dentro del mismo canal múltiple en los términos previstos en la normativa de aplicación y particularmente en el Decreto 1/2006, de 10 de enero.

Sevilla, 26 de diciembre de 2007

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

gaspar zarrías arévalo

Consejero de la Presidencia

ANEXO

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Algeciras.

Demarcación:

Provincia: Cádiz.

Denominación de la demarcación: Algeciras.

Referencia de la demarcación: TL01CA.

Ambito: Algeciras, Los Barrios, Castellar de la Frontera, Jimena de la Frontera, La Línea de la Concepción, San Roque y Tarifa.

Canal Múltiple: 28.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Almería.

Demarcación:

Provincia: Almería.

Denominación de la demarcación: Almería.

Referencia de la demarcación: TL02AL.

Ambito: Almería, Benahadux, Gádor, Huércal de Almería, Pechina, Rioja y Viator.

Canal múltiple: 34.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Cádiz.

Demarcación:

Provincia: Cádiz.

Denominación de la demarcación: Cádiz.

Referencia de la demarcación: TL03CA.

Ambito: Cádiz, El Puerto de Santa María, Puerto Real y San Fernando.

Canal múltiple: 54.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Córdoba.

Demarcación:

Provincia: Córdoba.

Denominación de la demarcación: Córdoba.

Referencia de la demarcación: TL02CO.

Ambito: Córdoba.

Canal múltiple: 30.

Potencia radiada aparente máxima: 6.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Dos Hermanas.

Demarcación:

Provincia: Sevilla.

Denominación de la demarcación: Dos Hermanas.

Referencia de la demarcación: TL01SE.

Ambito: Alcalá de Guadaíra, Almensilla, Carmona, Coria del Río, Dos Hermanas, Gelves, Mairena del Alcor, Palomares del Río, La Puebla del Río y Viso del Alcor.

Canal múltiple: 34.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de El Ejido.

Demarcación:

Provincia: Almería.

Denominación de la demarcación: Ejido.

Referencia de la demarcación: TL03AL.

Ambito: Adra, Berja, Dalías, El Ejido, La Mojonera, Roquetas de Mar y Vícar.

Canal múltilple: 60.

Potencia radiada aparente máxima: 1.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Fuengirola.

Demarcación:

Provincia: Málaga.

Denominación de la demarcación: Fuengirola.

Referencia de la demarcación: TL04MA.

Ambito: Alhaurín el Grande, Benalmádena, Coín, Fuengirola y Mijas.

Canal múltiple: 22.

Potencia radiada aparente máxima: 1.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Granada.

Demarcación:

Provincia: Granada.

Denominación de la demarcación: Granada.

Referencia de la demarcación: TL03GR.

Ambito: Albolote, Armilla, Atarfe, Cenes de la Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Cijuela, Cúllar Vega, Fuente Vaqueros, Las Gabias, Gójar, Granada, Huétor Vega, Láchar, Maracena, Ogíjares, Peligros, Pinos Puente, Santa Fe, Vegas del Genil y La Zubia.

Canal múltiple: 43.

Potencia radiada aparente máxima: 4.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Huelva.

Demarcación:

Provincia: Huelva.

Denominación de la demarcación: Huelva.

Referencia de la demarcación: TL03H.

Ambito: Beas, Huelva, Moguer, Palos de la Frontera, San Juan del Puerto y Trigueros.

Canal múltiple: 33.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Jaén.

Demarcación:

Provincia: Jaén.

Denominación de la demarcación: Jaén.

Referencia de la demarcación: TL04J.

Ambito: Fuensanta de Martos, Fuerte del Rey, La Guardia de Jaén, Jaén, Jamilena, Mancha Real, Martos, Pegalajar, Torre delcampo, Torredonjimeno y Los Villares.

Canal múltiple: 31.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Demarcación:

Provincia: Cádiz.

Denominación de la demarcación: Jerez Frontera.

Referencia de la demarcación: TL05CA.

Ambito: Chipiona, Jerez de la Frontera, Rota, Sanlúcar de Barrameda y Trebujena.

Canal múltiple: 30.

Potencia radiada aparente máxima: 2.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Málaga.

Demarcación:

Provincia: Málaga.

Denominación de la demarcación: Málaga.

Referencia de la demarcación: TL05MA.

Ambito: Alhaurín de la Torre, Cártama, Málaga, Rincón de la Victoria y Torrernolinos.

Canal múltiple: 58.

Potencia radiada aparente máxima: 8.000 W.

Entidad concesionaria: Ayuntamiento de Sevilla.

Demarcación:

Provincia: Sevilla.

Denominación de la demarcación: Sevilla.

Referencia de la demarcación: TL07SE.

Ambito: Albaida del Aljarafe, Alcalá del Río, La Algaba, Aznalcázar, Benacazón, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Brenes, Camas, Carrión de los Céspedes, Castilleja de Guzmán, Castilleja de la Cuesta, Castilleja del Campo, Espartinas, Gines, Huévar del Aljarafe, Mairena del Aljarafe, Olivares, Pilas, La Rinconada, Salteras, San Juan de Aznalfarache, Sanlúcar la Mayor, Santiponce, Sevilla, Tomares, Umbrete, Valencina de la Concepción y Villanueva del Ariscal.

Canal múltiple: 54.

Potencia radiada aparente máxima: 8.000 W.

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