Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 14/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2008, de la Delegación del Gobierno en Huelva, por la que se delegan competencias en materia de gestión de gastos electorales.

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El Decreto 10/2007, de 16 de enero, regula el procedimiento para la gestión de los gastos derivados de los procesos electorales o referendos, siendo aplicable a todos los gastos de organización y funcionamiento que haya de asumir la Administración de la Junta de Andalucía como consecuencia de la celebración de elecciones al Parlamento de Andalucía o referendos.

En su artículo 3, el citado Decreto establece el reparto competencias en materia de gestión del gasto y las facultades que corresponden al órgano de contratación, de conformidad con la vigente legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, correspondiendo a:

a) A la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación, para los expedientes de contratación sometidos a fiscalización previa.

b) A la Dirección General de Política Interior de la Consejería de Gobernación y a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en sus respectivos ámbitos territoriales, para los restantes gastos, en relación con los créditos que tengan asignados.

Razones de eficacia, celeridad y simplificación en el trámite y resolución de los expedientes administrativos que se tramitan en esta Delegación del Gobierno, en relación con los procesos electorales o referendos, aconsejan delegar dichas competencias en la persona titular de la Secretaría General.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

D I S P O N GO

Artículo Único.

Se delegan en la Secretaría General de esta Delegación del Gobierno las competencias atribuidas al titular de este centro directivo en el citado Decreto 10/2007, de 16 de enero.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

La presente Disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Huelva, 1 de febrero de 2008.- El Delegado del Gobierno, Justo Mañas Alcón.

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