Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 15/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por la que se delegan competencias en materia de gestión de gastos electorales.

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El Decreto 10/2007, de 16 de enero, regula el procedimiento para la gestión de los gastos derivados de los procesos electorales o referendos, siendo aplicable a todos los gastos de organización y funcionamiento que haya de asumir la Administración de la Junta de Andalucía como consecuencia de la celebración de elecciones al Parlamento de Andalucía o referendos.

En su artículo 3, el citado Decreto establece el reparto competencial en materia de gestión del gasto y las facultades que corresponden al órgano de contratación, de conformidad con la vigente legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, correspondiendo:

a) A la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación, para los expedientes de contratación sometidos a fiscalización previa.

b) A la Dirección General de Política Interior de la Consejería de Gobernación y a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en sus respectivos ámbitos territoriales, para los restantes gastos, en relación con los créditos que tengan asignados.

Razones de eficacia, celeridad y simplificación en el trámite y resolución de los expedientes administrativos que se tramitan en esta Delegación del Gobierno, en relación con los procesos electorales o referendos, aconsejan delegar dichas competencias en la persona titular de la Secretaría General.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Se delegan en la Secretaría General de esta Delegación del Gobierno las competencias atribuidas al titular de este centro directivo en el citado Decreto 10/2007, de 16 de enero.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 1 de febrero de 2008.- El Delegado del

Gobierno, Antonio Márquez Moreno.

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