Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 18/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace público el convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y los Consorcios de Transportes Metropolitano de Sevilla, Málaga, Granada, Bahía de Cádiz, Campo de Gibraltar y Almería para el desarrollo de actuaciones de Fomento y Mejora de los servicios de Transporte Público Regular de viajeros por Carretera de uso general en entornos no metropolitanos.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General ha resuelto dar publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y los Consorcios de Transporte Metropolitano de Sevilla, Málaga, Granada, Bahía de Cádiz, Campo de Gibraltar y Almería para el desarrollo de actuaciones de fomento y mejora de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general en entornos no metropolitanos.

Sevilla, 8 de febrero de 2008.- El Director General, Pedro Rueda Cascado.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA Y LOS CONSORCIOS DE TRANSPORTE METROPOLITANO DE SEVILLA, MALAGA, GRANADA, BAHIA DE CADIZ Y CAMPO DE GIBRALTAR, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES DE FOMENTO Y MEJORA DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA DE USO GENERAL EN ENTORNOS NO METROPOLITANOS

En la ciudad de Sevilla, a 25 de enero de 2008.

REUNIDOS

De una parte, doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Consejera de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y, de otra,

Don Armando Fidel Gutiérrez Arispón, Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano de Sevilla, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 5 de diciembre de 2007.

Don Rafael Durbán Carmona, Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano de Málaga, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 14 de diciembre de 2007.

Don Pedro-Julián Lara Escribano, Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano de Granada, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 29 de noviembre de 2007.

Doña Concepción Parra Sesé, Directora Gerente Accidental del Consorcio de Transporte Metropolitano de Bahía de Cádiz, facultada para este acto por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 27 de noviembre de 2007.

Don Carlos Alberto Sánchez Coello, Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de octubre de 2007.

Doña María Eva Cano Pérez, Directora Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano de Almería, facultada para este acto por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 3 de diciembre de 2007.

Los reunidos se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio y, en consecuencia,

EXPONEN

Primero. Los Consorcios de Transporte Metropolitano han asumido en sus respectivos ámbitos territoriales y, en muchos casos, en los de los municipios limítrofes, la gestión total o parcial de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de titularidad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, interviniendo activamente en la determinación de las condiciones de prestación y demostrando ser un eficaz instrumento para la mejora de los mismos.

Segundo. La Consejería de Obras Públicas y Transportes considera necesario promover la mejora de los servicios de transporte público de viajeros, no sólo en los entornos metropolitanos sino en otros ámbitos, adoptando en su caso las medidas oportunas para garantizar la accesibilidad de todos los ciudadanos a los servicios públicos de transporte.

Para ello resulta fundamental una adecuada estructuración territorial de los servicios de transporte interurbano de viajeros por carretera (metropolitanos o no), de tal manera que permitan la canalización de la demanda actual y futura, teniendo en cuenta el aprovechamiento de las infraestructuras actuales y previstas en Andalucía en las diferentes figuras de planificación estatal o autonómica, y las especiales condiciones de prestación de determinados servicios que se desarrollan en zonas rurales cuyos bajos niveles de ocupación pueden comprometer su continuidad.

La experiencia acumulada por los Consorcios de Transporte en la gestión de los servicios de transporte público de viajeros en autobús, modificando los contratos concesionales para ampliar o reordenar la oferta de transporte inicial, compensando en su caso a los operadores de transporte, se considera sumamente valiosa para el desarrollo de actuaciones similares.

Por todo lo expuesto, las partes consideran oportuno celebrar el presente Convenio con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primero. La Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con lo establecido en los artículos 4.3.a), 25 y 26 de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos e Interurbanos de Viajeros en Andalucía, faculta a los Consorcios de Transporte de Sevilla, Málaga, Granada, Bahía de Cádiz, Campo de Gibraltar y Almería, para que puedan ordenar en entornos no metropolitanos de Andalucía las siguientes condiciones de prestación de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera:

a) Régimen tarifario y la determinación y abono por el Consorcio de las compensaciones que, en su caso, haya de percibir el concesionario en función del título concesional, sin perjuicio de la competencia de la Consejería de Obras Públicas y Transportes sobre la tarifa partícipe de empresa del conjunto de la concesión.

b) Modificación de tráficos.

c) Creación, modificación o supresión de líneas o servicios.

d) Modificación de itinerarios, expediciones, calendarios y horarios.

e) Determinación de lugares de parada e instalación de marquesinas y postes de señalización, conforme a los modelos homologados para la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

f) Viajeros de pie.

g) Servicios mínimos.

h) Material móvil.

Segundo. A propuesta de la comisión de seguimiento del convenio y, mediante Resolución de la Dirección General de Transportes que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se determinará:

- Las condiciones de prestación de los servicios, entre las enumeradas en el apartado anterior, susceptibles de modificación por los Consorcios de Transporte.

- El corredor de comunicación o la zona y poblaciones donde se desarrollará la actuación de mejora de los servicios de transporte público de viajeros por carretera.

- Las concesiones u operadores de transporte afectados.

- El Consorcio de Transporte que intervendrá desarrollando la ordenación de servicios que corresponda.

Tercero. Para el desarrollo y ejecución del convenio se constituirá una comisión de seguimiento integrada por los siguientes miembros:

- Un representante de la Dirección General de Transportes.

- Un representante de cada uno de los Consorcios de Transporte.

- Un representante de cada una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Cuarto. El plazo de vigencia del presente Convenio es de cuatro años, prorrogable por mutuo acuerdo.

Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes lo suscriben, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Fdo.: Concepción Gutiérrez del Castillo.

Por el Consorcio de Transportes de Sevilla. Fdo.: Armando Fidel Gutiérrez Arispón.

Por el Consorcio de Transportes de Málaga. Fdo.: Rafael Durbán Carmona.

Por el Consorcio de Transportes de Granada. Fdo.: Pedro Julián Lara Escribano.

Por el Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. Fdo.: Concepción Parra Sesé.

Por el Consorcio de Transportes del Campo de Gibraltar. Fdo.: Carlos Alberto Sánchez Coello.

Por el Consorcio de Transportes de Almería. Fdo.: María Eva Cano Pérez.

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