Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 22/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública.

Resolución de 29 de enero de 2008, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación Unicaja-Ronda, Institución Benéfico-Docente.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Unicaja-Ronda, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 5 de diciembre de 2007 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a su adaptación general a la Ley 50/2002, de 26 de noviembre, de Fundaciones y a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía (artículos 10, 12, 14, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 30, 31 y 32).

Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: Escritura pública otorgada el 16 de julio de 2007, ante el Notario don Juan Carlos Martín Romero, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 5.405 de su protocolo. A la escritura se incorpora el texto completo de los nuevos Estatutos y la Orden de 30 de junio de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se autoriza la modificación de los Estatutos.

Igualmente, la escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 27 de diciembre de 2005, relativo a la modificación de estatutos.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido su autorización mediante Orden de 30 de junio de 2006, de aquel Departamento.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Unicaja-Ronda, Institucion Benéfico-Docente, formalizados en escritura pública otorgada el 16 de julio de 2007, ante el Notario don Juan Carlos Martín Romero, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 5.405 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Economía y Hacienda, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 29 de enero de 2008.- La Directora General,

Beatriz Sainz-Pardo Prieto-Castro.

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