Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 22/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación.

Acuerdo de 19 de febrero de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se amplían las plantillas de personal docente dependiente de la Consejería de Educación.

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La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, ha establecido las características propias del sistema educativo andaluz, en desarrollo de lo recogido en el Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el marco de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, la citada Ley pone el acento en la dotación de personal docente para atender de forma prioritaria dos objetivos esenciales: favorecer el éxito escolar de todo el alumnado, en función de sus capacidades, intereses y motivación, e incrementar las tasas de escolarización en las enseñanzas postobligatorias.

Particularmente, en el curso 2008/09 se produce un importante crecimiento en el número de centros de educación primaria y educación secundaria que imparten enseñanza bilingüe al alumnado, en desarrollo del Plan de Fomento del Plurilingüismo, aprobado por Acuerdo de 22 de marzo de 2005, del Consejo de Gobierno, y en los centros que desarrollan proyectos para la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación a la educación (Centros TIC). Por otra parte, la implantación de la educación infantil, de los cursos tercero y cuarto de educación primaria, de segundo y cuarto de educación secundaria obligatoria, de los programas de cualificación profesional inicial y del primer curso de bachillerato, así como determinadas enseñanzas de régimen especial, de acuerdo con lo recogido en el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, supone un importante esfuerzo en la dotación de profesorado.

Igualmente, se van a reforzar las medidas de atención a la diversidad del alumnado y las prestaciones que los centros educativos ofrecen a su alumnado y a las familias, lo que requiere, asimismo, un considerable esfuerzo en la dotación de personal docente.

Finalmente, el crecimiento del sistema educativo andaluz y la importancia de las funciones que realiza la inspección educativa aconseja la ampliación de la plantilla de inspectores e inspectoras de educación.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Educación, previo informe de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de febrero de 2008,

ACUERDA

Primero. Con efectos de 1 de septiembre de 2008, se amplían las plantillas de los Cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las plazas que se recogen a continuación:

- Profesorado funcionario del grupo B: 1.389.

- Profesorado funcionario del grupo A: 1.880.

- Inspectores e inspectoras de educación: 17.

Segundo. Las personas titulares de las Consejerías de Educación y de Economía y Hacienda instrumentarán los medios, disposiciones o resoluciones administrativas necesarios para el cumplimiento del presente Acuerdo.

Sevilla, 19 de febrero de 2008

Manuel Chaves González

Presidente de la Junta de Andalucía

SEBASTIAN CANO FERNANDEZ

Consejero de Educación

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