Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 25/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca.

Resolución de 21 de enero de 2008, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se modifica la de 20 de julio de 2007, por la que se determinan las cuantías máximas de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero (ADSG) para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

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La Resolución de 20 de julio de 2007, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se determinan las cuantías máximas de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero (ADSG) para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 (BOJA núm. 151, de 1 de agosto) determina las cuantías máximas a percibir por las ADSG para la ejecución de los programas sanitarios en el año 2007.

El día 27 de julio de 2007 se detectó en Tarifa la presencia de signos clínicos de lengua azul, originada por un nuevo serotipo del virus, como lo confirmó el Laboratorio Nacional de Referencia. La progresión de la enfermedad ha originado graves pérdidas económicas al sector ganadero de Andalucía, debido al gran número de bajas declaradas, y a las restricciones comerciales a las que ha dado lugar. Este hecho ha determinado que las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero deban efectuar una vacunación, inicialmente no programada ni prevista, de la cabaña andaluza, por lo que esta Dirección General considera necesario revisar la mencionada Resolución de 20 de julio de 2007, para incrementar los topes máximos a percibir.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO

Unico. Se modifica el apartado primero 1.C de la Resolución de 20 de julio de 2007, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se determinan las cuantías máximas de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero (ADSG) para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007, que pasa a tener la siguiente redacción:

"C) Adicionalmente a estas cantidades, podrán percibir hasta el 100% de los gastos justificados en labores de desinsectación, en el marco de ejecución del programa de lucha contra la fiebre catarral ovina, y las siguientes cantidades por vacunación frente a esta enfermedad anotada en el SIGGAN:

- Explotaciones ovinas y/o caprinas, y bovinas en régimen intensivo:

- 30,00 euros por cada visita a explotaciones para la vacunación del rebaño completo, entendiéndose que si para la inmunización eficaz del rebaño se ha procedido a la primovacunación y posteriores revacunaciónes de refuerzo, se tendrán en cuenta el total de visitas efectuadas.

- 0,25 euros por animal vacunado en cada visita, independientemente de que la inmunización de los animales se haya realizado mediante la aplicación de vacuna bivalente o mediante aplicaciones independientes de vacunas monovalentes.

- Explotaciones bovinas en régimen extensivo:

- 30,00 euros por cada visita a explotaciones para la vacunación del rebaño completo, entendiéndose que si para la inmunización eficaz del rebaño se ha procedido a la primovacunación y posteriores revacunaciones de refuerzo, se tendrán en cuenta el total de visitas efectuadas.

- 0,50 euros por animal vacunado en cada visita, independientemente de que la inmunización de los animales se haya realizado mediante la aplicación de vacuna bivalente o mediante aplicaciones independientes de vacunas monovalentes."

Sevilla, 21 de enero de 2008.- La Directora General, Judit Anda Ugarte.

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