Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 27/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 11 de febrero de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Colada de Granadillos o de Arenas en su Totalidad", en el término municipal de Sedella, en la provincia de Málaga. VP 2038/06

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Examinado el Expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria "Colada de Granadillos o de Arenas en su Totalidad", en el término municipal de Sedella, en la provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Vía Pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Sedella fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 9 de febrero de 1972, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 4 de marzo de 1972.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente, de fecha 21 de agosto de 2006. La citada Vía Pecuaria forma parte de la Ruta Circular por el Parque Natural Sierras de Tejada, Almijara y Alhama, seleccionada por el Plan de Vías Pecuarias aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2001, de prioridad máxima.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 27 de noviembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, núm. 214, de fecha 9 de noviembre de 2006.

En dicho acto no se presentaron alegaciones por parte de los interesados.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga,

núm. 117, de fecha 18 de junio de 2007.

Quinto. Durante el período de exposición pública se presenta alegación que es objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 10 de diciembre de 2007 emitió el preceptivo Informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Colada de Granadillos o de Arenas en su Totalidad", en el término municipal de Sedella, en la provincia de Málaga, fue clasificada por Orden Ministerial citada, siendo esta Clasificación conforme al

artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, "el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria", debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Cuarto. En el acto de exposición pública fue presentada alegación por parte de don José Antonio Boza Ocón que solicita modificación de trazado de la vía pecuaria que nos ocupa proponiendo trazado alternativo según aparece en el plano que se adjunta a la alegación.

Con respecto a la solicitud de modificación de trazado presentado por el interesado, indicar que en el presente expediente dado el carácter urgente de su resolución ante la proximidad al plazo previsto para la finalización del procedimiento de deslinde, se informa al interesado que podrá proponer dicha modificación de trazado en cualquier momento si reúne los requisitos exigidos, en el artículo 34 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Considerando que el presente Deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden Ministerial ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable,

Vistos, la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga con fecha 28 de septiembre de 2007, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 10 de diciembre de 2007

RESUELVO

Aprobar el Deslinde de la Vía Pecuaria "Colada de Granadillos o de Arenas en su Totalidad", en el término municipal de "Sedella", en la provincia de Málaga, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Longitud: 2.031,44 metros lineales

Anchura: 12 metros lineales.

Descripción Registral

Finca rústica en el término municipal de Sedella, provincia de Málaga, de forma alargada con una anchura de 12 metros, la longitud deslindada es de 2.031,44 m, la superficie deslindada de 24.346,82 m2, que en adelante se conocerá como "Colada de Granadillos o de Arenas", linda:

- Al Norte con las siguientes parcelas rústicas identificadas según datos catastrales de Núm. Polígono/Núm. Parcela- Titular:

7/9034 AYTO SEDELLA

8/1 RUIZ RUIZ MANUEL

8/2 SEGURA PEREZ FRANCISCO

8/9105 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

8/3 BOZA OCON JOSE ANTONIO

8/12 BOZA OCON JOSE ANTONIO

8/9134 JUNTA DE ANDALUCIA

8/13 BOZA OCON JOSE ANTONIO

8/9104 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

8/14 RUIZ RUIZ MANUEL

8/18 GONZALEZ GONZALEZ FRANCISCO

8/9132 AYTO SEDELLA

8/35 RUIZ PELAEZ ANTONIO

8/9217 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

8/37 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

8/38 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

6/9026 AYTO SEDELLA

6/50 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

6/45 EL LAGAR DE CASABLANCA S L

6/44 EL LAGAR DE CASABLANCA S L

6/9030 AYTO SEDELLA

6/42 EL LAGAR DE CASABLANCA S L

6/32 FERNANDEZ GARCIA JOSE

6/31 FERNANDEZ GARCIA JOSE

6/7 FERNANDEZ GARCIA JOSE

6/9035 AYTO. SEDELLA

6/5 FAULKNER GEORGE RAYMOND Y JACQUELINE

6/4 FAULKNER GEORGE RAYMOND Y JACQUELINE

6/9038 JUNTA DE ANDALUCIA

6/3 MUÑOZ PULIDO M DOLORES

6/9054 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

6/2 MUÑOZ PULIDO M DOLORES

5/3 GARCIA FERNANDEZ ESPERANZA

- Al Sur con las siguientes parcelas rústicas identificadas según datos catastrales de Núm. Polígono/Núm. Parcela-Titular:

7/169 PELAEZ OCON FRANCISCO

7/9018 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/170 RUIZ GARCIA JOSE

7/224 AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA

7/9019 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/226 BOZA OCON JOSE ANTONIO

7/9039 AYTO SEDELLA

7/227 BOZA OCON JOSE ANTONIO

7/228 BOZA OCON JOSE ANTONIO

7/229 BOZA OCON JOSE ANTONIO

7/9020 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/230 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

7/9021 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/231 RUIZ PELAEZ ANTONIO

7/9011 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/232 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

7/360 DESCONOCIDO

7/244 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

7/268 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

7/269 DUNKLING CATHERINE

7/9035 AYTO SEDELLA

7/273 CASTAÑEDA JIMENEZ ENRIQUE

7/290 FERNANDEZ GARCIA FRANCISCO

7/294 FERNANDEZ GARCIA VICTORIA

7/9043 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/297 FERNANDEZ GARCIA VICTORIA

7/9047 AYTO SEDELLA

7/301 MARTIN GAMEZ ENRIQUE

7/302 TORRES PARRADO CARMEN

7/9044 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/304 HILL DAVID WILLIAM

7/305 ROCHFORT JOHN

7/307 LARA PELAEZ JOSE ANTONIO

7/311 GARCIA FERNANDEZ VICTORIA

7/312 GARCIA FERNANDEZ VICTORIA

7/313 PEÑA TORRES EUSEBIO

- Al Este con la vía pecuaria "Colada de Vélez a Sedella" de este municipio y con las siguientes parcelas rústicas identificadas según datos catastrales de Núm. Polígono/Núm. Parcela-Titular:

6/9027 AYTO SEDELLA

6/9006 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

6/35 CARRION GOMEZ FRANCISCO

6/9033 AYTO SEDELLA

6/9038 JUNTA DE ANDALUCIA

6/34 CARRION GOMEZ FRANCISCO

6/1 MUÑOZ PULIDO M DOLORES

6/9037 AYTO SEDELLA

5/1 RIERA LISBONA ANTONIO

5/9013 AYTO SEDELLA

- Al Oeste con la vía pecuaria "Colada de Rovite y Puerto de Canillas" de este municipio, el término municipal de Canillas de Aceituno y con las siguientes parcelas rústicas identificadas según datos catastrales de Núm. Polígono/Núm. Parcela-Titular:

7/9055 AYTO SEDELLA

7/242 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

7/243 JIMENEZ PEREZ RAFAEL

7/9016 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

7/274 CASTAÑEDA JIMENEZ ENRIQUE

7/9056 CUENCA MEDITERRANEA ANDALUZA

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 11 de febrero de 2006.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos

ANEXO A LA RESOLUCION DE 11 DE FEBRERO DE 2008,

DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "COLADA DE GRANADILLOS O DE ARENAS EN SU TOTALIDAD", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE SEDELLA, EN LA PROVINCIA DE MALAGA,

Relación de Coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria

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