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En el recurso contencioso-administrativo P.A. número 674/2007, interpuesto por Jacinta Parra Velázquez S.C. contra resolución denegatoria, de fecha 10.1.2007 de la Dirección Provincial del SAE de Sevilla, recaída en el expediente SE/TPE/1485/2006, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Sevilla, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo. Que debo estimar y estimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad actora contra la resolución referida en estas actuaciones por no ser conforme al ordenamiento jurídico declarando su derecho a percibir la ayuda solicitada. Sin costas."
Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 14 de febrero de 2008.- El Secretario General
Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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