Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 05/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Resolución de 15 de febrero de 2008, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se modifica la de 27 de septiembre de 2007, por la que se instrumenta el procedimiento de selección de personal, investigador en Formación Asociados a Proyectos de Investigación de exelencia convocados por la Orden que se cita, para la concesión de un plazo extraordinario de presentación de solicitudes.

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Por Resolución de 27 de septiembre de 2007 de esta Secretaría General por la que se instrumenta el procedimiento de selección del Personal Investigador en Formación Asociados a los Proyectos de Investigación de Excelencia convocados por Orden de 15 de marzo de 2007 (BOJA núm. 12 de 17 de enero de 2008).

El dispositivo séptimo de la citada Resolución dispone que la Comisión de Selección, para la valoración de las solicitudes, considerará los criterios que se indican a continuación:

a) El expediente académico que podrá ser normalizado, en su caso, en función de la distribución de los expedientes académicos por titulación y Universidad. Para valorar los expedientes se podrá fijar una media mínima que con carácter general no podrá ser inferior a 1,50. Para aquellos solicitantes que acrediten más del 33% de minusvalía se le multiplicará su expediente académico por 1,4".

Advertido que el beneficio anterior no se corresponde con el concepto legal de persona con discapacidad, contenido en el artículo 1,2 de la Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, según el cual tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%, se considera conveniente subsanar dicho error o divergencia, otorgando además un nuevo plazo para la presentación o mejora de solicitudes por personas con discapacidad que pudieran haberse abstenido de presentar la solicitud a causa de la divergencia citada.

La disposición final primera de la Orden 15 de marzo de 2007, faculta al titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología para dictar las medidas y resoluciones necesarias para la aplicación de dicha Orden, su cumplimiento, desarrollo e interpretación. En uso de la cual, esta Secretaría General

R E S U E L V E

Primero. Modificar el dispositivo séptimo a) de la Resolución de 27 de septiembre de 2007, de esta Secretaría General por la que se instrumenta el procedimiento de selección del Personal Investigador en Formación Asociados a los Proyectos de Investigación de Excelencia convocados por Orden de 15 de marzo de 2007, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Séptimo. La Comisión de Selección, para la valoración de las solicitudes, considerará los criterios que se indican a continuación:

a) El expediente académico que podrá ser normalizado, en su caso, en función de la distribución de los expedientes académicos por titulación y Universidad. Para valorar los expedientes se podrá fijar una media mínima que con carácter general no podrá ser inferior a 1,50. Para aquellos solicitantes que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33% se le multiplicará su expediente académico por 1,4".

Segundo. Abrir un plazo extraordinario para la presentación o mejora de las solicitudes de becas de personal predoctoral en formación asociadas a los proyectos de investigación de excelencia incentivados con este tipo de personal en la convocatoria de 2007, durante cinco días laborables, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicho plazo finalizará a las 18,00 horas del quinto día.

En la dirección electrónica www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa, estará disponible en el apartado de incentivos, el modelo formulario de solicitud que deberá cumplimentarse y presentarse a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada pagina web, junto con la documentación a que se refiere el apartado cuarto de la Resolución de 27 de septiembre de 2007.

En la solicitud los candidatos formularán una relación priorizada de los proyectos a los que optan, de entre los que figuran en el Anexo de esta Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de febrero de 2008.- El Secretario General de Universidades Investigación y Tecnología, José Domínguez Abascal.

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