Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 05/03/2008

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Consejería de Educación.

Resolución de 21 de febrero de 2008, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, a efectos de escolarización del alumnado en los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos, a excepción de los universitarios.

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Con fecha 2 de marzo de 2007, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 16 de febrero de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se acordaba la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes de las correspondientes zonas de escolarización de la provincia de Cádiz.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 del Decreto 53/2007, de 20 de febrero (BOJA 40, de 23 de febrero), por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, a excepción de los universitarios, esta Delegación Provincial, oído el Consejo Escolar Provincial y los correspondientes Consejos Escolares Municipales, ha resuelto aprobar la modificación de las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes de la provincia de Cádiz que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

La nueva delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, con la relación de calles por municipios que las integran, quedará expuesta en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial a partir de la publicación de esta Resolución en el BOJA hasta la finalización del mes de mayo del presente año. Aquellas calles no incluidas en la citada relación y que se encuentren dentro del perímetro de cada una de las áreas de influencia de los centros, se considerarán incluidas dentro del área de influencia que les corresponda.

Las áreas de influencia y limítrofes aprobadas por esta Resolución, que serán de aplicación en el procedimiento de escolarización para el Curso Escolar 2008/2009, estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el art. 8 del Decreto antes citado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cádiz, 21 de febrero de 2008.- El Delegado, Manuel Brenes Rivas.

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