Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 11/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda.

Decreto 63/2008, de 19 de febrero, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Mengíbar (Jaén), de la parcela 1.2.b del Proyecto de Reparcelación del Parque Científico-Tecnológico del Aceite y del Olivar (Geolit), con una superficie de 1.370 m2, con destino a Laboratorio de Sanidad Vegetal, y se adscribe a la Consejería de Agricultura y Pesca.

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Por el Ayuntamiento de Mengíbar (Jaén) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela con superficie de 1.370 m2, ubicada en el Parque Científico-Tecnológico del Aceite y del Olivar (Geolit), de dicho municipio, con destino a Laboratorio de Sanidad Vegetal.

Por la Consejería de Agricultura y Pesca se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita de la propiedad, al no contar la localidad anteriormente con instalaciones adecuadas para las necesidades del sector del olivar.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 19 de febrero de 2008,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-

lo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad ofrecida por el Ayuntamiento de Mengíbar (Jaén) de una parcela, con 1.370 m2 de superficie, cuyos datos registrales son los siguientes:

Urbana. Parcela número 1.2-b, procedente por segregación de la número 1.2, incluida en el Plan Parcial Parque Tecnológico de Mengíbar, calificada como industrial con uso de empresarial tipo 2, tiene una superficie de mil trescientos setenta metros cuadrados. Linda Norte parcela 1.2-a, y Sur y Este espacios libres y jardines ZV1, y Oeste espacios públicos y jardines, protección de viario V-5.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Andújar, a favor del Ayuntamiento de Mengíbar (Jaén), al folio 17 del tomo 2.686, libro 274, finca núm. 15.420.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los terrenos cedidos en propiedad, que se adscriben a la Consejería de Agricultura y Pesca con destino a la construcción del Laboratorio de Sanidad Vegetal.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 19 de febrero 2008

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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