Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 11/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca.

Orden de 29 de febrero de 2008, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Provincial de Sevilla la competencia para resolver sobre las peticiones de ayudas que se citan.

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El día 20 de noviembre de 2007 tornados y vientos huracanados provocaron graves daños en la Zona Regable del Bajo Guadalquivir, produciendo graves daños en naves e instalaciones de invernaderos en producción agraria. Las personas damnificadas por estas circunstancias han planteado a esta Consejería la concesión de una ayuda a fin de recuperar las condiciones mínimas de funcionamiento de la zona y mantener la economía del medio rural.

Por otra parte, el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, atribuye a los titulares de las Consejerías la competencia para conceder subvenciones. Asimismo, el artículo 107 de la misma Ley prevé que con carácter excepcional y en supuestos especiales se podrán conceder subvenciones.

Por ello, ante la especificidad de la ayuda, para una mayor celeridad administrativa y teniendo en cuenta la competencia territorial, se considera oportuno delegar en la persona titular de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Sevilla la competencia para resolver sobre las referidas peticiones.

Por todo ello, en virtud del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero. Se delega en la persona titular de la Delegación de Agricultura y Pesca en Sevilla la competencia para resolver sobre las peticiones de las personas damnificadas por las referidas circunstancias meteorológicas, relativas a la concesión de una ayuda a fin de recuperar las condiciones mínimas de funcionamiento de la zona y mantener la economía del medio rural.

Segundo. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de esta Orden y de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, quedando revocada y sin efecto la Orden de esta Consejería de 23 de enero de 2008, por la que se delega la competencia para resolver sobre la solicitud del Ayuntamiento de Lebrija, relativa a la concesión de una subvención de carácter excepcional, que se cita.

Sevilla, 29 de febrero de 2008

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Agricultura y Pesca

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