Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 17/03/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de febrero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Unico de Huéscar, dimanante del procedimiento de división de herencia núm. 262/2005. (PD. 866/2008).

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NIG: 1809841C20051000322.

Procedimiento: División herencia 262/2005. Negociado: B.

De: Doña Francisca Palomino Trujillo.

Procurador: Sr. Santiago Cortinas Sánchez.

Letrado: Sr. José Luis Ruiz Travesi.

Contra: Don Antonio Díaz Gutiérrez, José Díaz Gutiérrez, María Luisa Díaz Gutiérrez, Ana Díaz Gutiérrez y Francisco Díaz Gutiérrez.

Procurador: Sr. Juan Luis Lozano Cervantes.

Letrado: Sr. José Luis Jiménez Hierrezuelo

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento División herencia 262/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Unico de Huéscar a instancia de Francisca Palomino Trujillo contra Antonio Díaz Gutiérrez, José Díaz Gutiérrez, María Luisa Díaz Gutiérrez, Ana Díaz Gutiérrez y Francisco Díaz Gutiérrez sobre división judicial de herencia, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es como sigue:

PARTE DISPOSITIVA

Se homologa la transacción judicial acordada entre la parte demandante y la parte demandada, en los siguientes términos:

Por acuerdo de las partes se forman los siguientes lotes:

"Para los cinco hijos del causante, Ana, Francisco, José, María Luisa y Antonio Díaz Gutiérrez, Manuel Díaz Molina les legó lo que por legítima les corresponda, concretándose en lo siguiente:

- 113 de 18.527,17 euros (correspondientes al esposo Manuel Díaz Molina tras la liquidación de la sociedad de gananciales) 6.175,72 euros.

- 113 menos 10% por el usufructo de la viuda (artículo 384 Cc) 5.558,14 euros.

(Ello hace un total de 11.733,86 euros, equivalentes a 1.952,350 pesetas, cantidad recibida de la viuda con fecha 6 de agosto de 1998, con una diferencia recibida de más de tres pesetas, que se desprecian).

Para Francisca Palomino Trujillo, heredera por sustitución vulgar de su tía carnal Eloísa Palomino Palomino, viuda del causante, corresponde el resto, lo siguiente:

- Por liquidación de la sociedad de gananciales 18.527,17 euros.

- 1/3 parte del caudal del esposo más el 10% de 1/3 (ar-tículo 384 del Cc) 6.175,72 euros.

- 10% de 1/3 en plena propiedad 617,57 euros (Ello hace un total de 25.320,46 euros).

Por acuerdo de las partes los lotes se adjudican de la siguiente forma:

Lote de los hijos del causante, Ana, Francisco, José, María Luisa y Antonio Díaz Gutiérrez; su haber de 11.733,88 euros lo recibieron en virtud de documento privado suscrito el día 6 de agosto de 1998, de acuerdo con la viuda y extrayéndolo de la cuenta núm. 3023-0011-51-1102730118.

Lote de Francisca Palomino Trujillo, mayor de edad, casada, vecina de Illora, domicilio en Calle Corral Nuevo núm. 2, NIF 23627730Z, como sustituta y heredera de la viuda del causante Eloísa Palomino Palomino, de la cuenta núm. 3023-0110-44-1103182216 3.569,11 euros; resto de saldo de la cuenta actual núm. 3023-0011-51-110273018 9.731,12 euros; de la cuenta núm. 3023-0110-41-1103158927 12.020,24 euros."

Se declara finalizado el presente proceso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por la presente lo pronuncio, acuerdo y firmo, doy fe.

El/La Juez El/La Secretario/a

Y con el fin de sirva de notificación en forma a los demandados Antonio Díaz Gutiérrez, Ana Díaz Gutiérrez y Francisco Díaz Gutiérrez, extiendo y firmo la presente en Huéscar a catorce de febrero de dos mil ocho.

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