Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 24/03/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de lo Social

Edicto de 4 de marzo de 2008, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante del procedimiento de despidos núm. 19/2006.

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Procedimiento: Despidos 19/2006. Negociado: BF.

NIG: 2906744S20066000003.

De: Don Francisco Hernández Luque.

Contra: Don Mario Cabrera Gázquez, don Oscar Hernández Hernández, Fogasa, Disco Marina Beach, S.L., Manisol, S.L., don Martín Rodrigo España Derivi y Park Nevada, S.L. (Discoteca Marina Beach).

EDICTO

Doña M.ª del Carmen Ortega Ugena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 19/2006 a instancia de la parte actora don Francisco Hernández Luque contra don Mario Cabrera Gázquez, don Oscar Hernández Hernández, Fogasa, Disco Marina Beach, S.L., Manisol, S.L., don Martín Rodrigo España Derivi y Park Nevada, S.L. (Discoteca Marina Beach) sobre Despidos se ha dictado Resolución de fecha 1.10.2007 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formuladas por la parte actora contra la empresa Mario Cabrera Gázquez, Oscar Hernández Hernández, Disco Marina Beach, S.L., Martín Rodrigo España Derivi declaro improcedente el despido de la misma condenando a la empresa demandada a que, a opción de la misma, que deberá efectuar, ante este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, readmita a don Francisco Hernández Luque en el mismo puesto que venía desempeñando hasta la fecha del despido con las mismas condiciones o le satisfaga una indemnización cifrada en 900 euros y condenando en todo caso a la empresa demandada a que abone al actor el salario dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente. Estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de Park Nevada, S.L.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social número Seis de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, debiendo consignar en metálico o mediante aval bancario en el caso que el recurrente no gozare del beneficio de Justicia gratuita en C/C núm. del Banesto, sucursal de la cantidad de 150,25 euros en dicha C/C del Banesto o bien al tiempo de anunciarlo o al tiempo de interponerlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado don Mario Cabrera Gázquez y Oscar Hernández Hernández actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a cuatro de marzo de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

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