Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 27/03/2008

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud.

Resolución de 11 de marzo de 2008, del Servicio Andaluz de Salud, por la que a propuesta de las Comisiones de Valoración de los concursos de traslado de las especialidades de Facultativos Especialistas de Area que se citan, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

De conformidad con lo establecido en las Bases 6 y 7 del Anexo I de la Resolución de 23 de abril de 2007 (BOJA núm. 96 de 16 de mayo), por la que se convocan concursos de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de determinadas especialidades de Facultativos Especialistas de Area dependientes del Servicio Andaluz de Salud; resueltas, por las Comisiones de Valoración, las alegaciones formuladas contra la Resolución de 18 de octubre de 2007 (BOJA núm. 213, de 29 de octubre) por la se aprueba la resolución provisional de dicho concurso, a propuesta de dichas Comisiones, y en uso de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 136/2001, de 12 de junio, (BOJA núm. 80, de 14 de julio), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo) de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de las Comisiones de Valoración, la resolución definitiva del Concurso de Traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de las especialidades de Facultativos Especialistas de Area que se indican a continuación. Dicha resolución adjudica definitivamente las plazas ofertadas -así como las plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas- a los concursantes admitidos al concurso, atendiendo a las plazas solicitadas por los mismos y al orden determinado por la puntuación obtenida.

- Alergología

- Análisis Clínicos

- Anatomía Patológica

- Anestesiología y Reanimación

- Angiología y Cirugía Vascular

- Aparato Digestivo

- Bioquímica Clínica

- Cardiología

- Cirugía Cardiovascular

- Cirugía General y Aparato Digestivo

- Cirugía Oral y Maxilofacial

- Cirugía Ortopédica y Traumatología

- Cirugía Pediátrica

- Dermatología Médico-Quirúrgica y Venerología

- Endocrinología y Nutrición

- Farmacia Hospitalaria

- Hematología y Hemoterapia

- Medicina Física y Rehabilitación

- Medicina Intensiva

- Medicina Interna

- Medicina Preventiva y Salud Pública

- Microbiología y Parasitología

- Nefrología

- Neumología

- Neurofisiología Clínica

- Neurología

- Obstetricia y Ginecología

- Oftalmología

- Oncología Médica

- Oncología Radioterápica

- Otorrinolaringología

- Pediatría

- Radiodiagnóstico

- Radiofísica Hospitalaria

- Reumatología

- Urología

Segundo. Declarar definitivamente desierto el concurso de traslado de las siguientes especialidades, al no haberse presentado al mismo ningún concursante:

- Cirugía Plástica Estética y Reparadora

- Cirugía Torácica

- Inmunología

- Medicina Nuclear

- Neurocirugía

Tercero. Publicar, como Anexo I, las listas definitivas de concursantes admitidos, con indicación de la puntuación otorgada por la Comisión de Valoración, así como, en su caso, de la plaza definitivamente adjudicada.

Cuarto. Publicar, como Anexo II, las listas definitivas de concursantes excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

Quinto. Conforme a lo establecido en la base 7.1 de la convocatoria, los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública.

Sexto. Conforme a lo establecido en la base 7.2 de la convocatoria, los adjudicatarios deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñan dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, iniciándose el cómputo de dicho cese a la finalización de los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas esta Dirección General acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Séptimo. Conforme a lo establecido en la citada base 7.2, la toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Area de Salud; en el plazo de diez días hábiles, si son de distinta Area de Salud; o en el plazo de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino o supone el reingreso al servicio activo.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, Recurso de Reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de marzo de 2008.- El Director General de Personal y Desarrollo Profesional, Rafael Burgos Rodríguez.

Descargar PDF