Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 28/03/2008

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Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Resolución de 3 de marzo de 2008, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se hace público el Acuerdo de Inicio del trámite de subsanación de las solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan la documentación preceptiva establecidas en la normativa reguladora de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comecio y Artesanía, Modalidad 1 (URB) Urbanismo Comercial a Ayuntamientos, correspondientes al ejercicio 2008.

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (BOJA núm. 243, de 13 de diciembre de 2006), por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, Modalidad 1 (URB): Urbanismo Comercial a Ayuntamientos, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA núm. 243, de 12 de diciembre de 2007, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Hacer pública la Resolución de 3 de marzo de 2008, de la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se acuerda el inicio del trámite de subsanación de solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no aportan los documentos preceptivos establecidos en la normativa reguladora de las bases reguladoras concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía (convocatoria año 2008), con indicación del plazo para subsanar la falta, o, en su caso, aportar los perceptivos documentos.

Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución, cuyo Anexo contienen la relación de afectados, estará expuestos en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y en el de esta Delegación Provincial, sita en Avda.gran Capitán, 12, y C/ Victoriano Rivera, 4, de Córdoba, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Los plazos en ella establecidos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 3 de marzo de 2008.- El Delegado, Juan Torres Aguilar.

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