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De conformidad con los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que contra este acuerdo no cabe recurso alguno, según dispone el apartado 6 del art. 42 de la señalada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Exptes.: 141 a 145/07, que con fecha 4 de marzo de 2008, se ha dictado Interrupción del plazo de Resolución del Procedimiento Desamparo, respecto de los menores I., J.M., V., A., y M. J.F., hijos de doña Aurora Fernández Jiménez y don José Jiménez Cortés.
Granada, 5 de marzo de 2008.- La Delegada, Elvira
Ramón Utrabo.
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