Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 07/04/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda.

Resolución de 6 de marzo de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 1046/2008).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto.

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 1,13 euros

Por cada km recorrido 0,78 euros

Hora de parada o espera 17,17 euros

Carrera mínima 3,08 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,38 euros

Por cada km recorrido 0,96 euros

Hora de parada o espera 21,48 euros

Carrera mínima 3,87 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, las 24 horas.

- Servicios nocturnos realizados en días laborables desde las 21 a las 7 horas.

- Servicios realizados durante la Semana Santa, desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección.

- Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, las 24 horas.

- Suplemento de nocturnidad de 1,90 euros. (Se aplicará en vísperas de festivos y viernes, sábados, domingos y festivos en horario desde las 22 a las 6 horas).

Tarifa 3

Bajada de bandera 1,72 euros

Por cada km recorrido 1,20 euros

Hora de parada o espera 26,85 euros

Carrera mínima 4,83 euros

La tarifa 3 es la suma de la tarifa 2 más el 25% por Feria Local y se aplicará los días de Feria Local desde las 21 horas a las 7 horas, mientras que en horario de 7 a las 21 horas se aplicará la tarifa 2.

SUPLEMENTOS

No aplicables en Servicios Interurbanos:

Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,43 euros

SUPLEMENTOS ESPECIALES SOBRE LO MARCADO EN TAXIMETRO

Centro Penitenciario Alcalá 1,36 euros

Residentes en Ciudad San Juan de Dios 0,72 euros

Visitas y trabajadores Ciudad San Juan de Dios 1,36 euros

Polígonos industriales en la margen derecha

dirección Sevilla 1,14 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de marzo de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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