Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 10/04/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 19 de marzo de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Morelábor y Pedro Martínez (Granada).

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Los Ayuntamientos de Morelábor y Pedro Martínez (Granada), mediante Acuerdos Plenarios adoptados, respectivamente, en sesiones de 6 de febrero de 2008 y 28 de diciembre de 2007, acordaron la disolución de la Agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

La Excma. Diputación Provincial de Granada, con fecha 26 de febrero 2008, informa favorablemente dicha iniciativa de disolución de la Agrupación.

Visto lo anterior, se ha instruido el preceptivo expediente, tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, por ello, y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8.17 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con la nueva redacción establecida por el artículo primero del Decreto 101/2007, de 10 de abril, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Acordar la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Morelábor y Pedro Martínez (Granada).

Segundo. Clasificar los puestos de trabajo de Secretaría-Intervención resultantes de la Agrupación disuelta de la siguiente forma:

- Ayuntamiento de Morelábor (Granada), Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

- Ayuntamiento de Pedro Martínez (Granada), Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

Tercero. Adscribir a don José Torres Palenzuela, con DNI 24109461X, al puesto de Secretaría de clase tercera del Ayuntamiento de Morelábor, con carácter definitivo, como consecuencia de la supresión del puesto en el que estaba adscrito al procederse a la disolución de la Agrupación.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de marzo de 2008.- El Director General, Juan Osuna Baena.

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