Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 11/04/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Resolución de 25 de marzo de 2008, del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, por la que se convocan para el año 2008 las becas destinadas a la formación e investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte.

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La Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 194, de 2 de octubre) tiene por objeto establecer las normas reguladoras para la concesión de becas destinadas a la formación e investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte, haciendo efectivo el mandato de fomentar la investigación médica en el ámbito deportivo, establecida en el Decreto 224/1999, de 9 de noviembre, por el que se crea el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, donde se le atribuye expresamente, entre sus fines y funciones, la promoción del estudio y la investigación en el campo de la medicina deportiva.

Según lo indicado en el artículo 16 de la citada Orden, la convocatoria de becas se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de Resolución de la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte.

Así pues, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocar, para el año 2008, las becas destinadas a la formación e investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte, cuyas normas reguladoras se establecen en la Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 194,

de 2 de octubre).

Segundo. Se convocan tres becas en el ámbito de formación e investigación en materias relacionadas con la Medicina Deportiva con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Beca de formación en materia de Medicina del Deporte, con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Número de becas que se convocan: Una.

b) Duración inicial de la beca: Doce meses.

c) Sede administrativa de adscripción: Centro Andaluz de Medicina del Deporte en Málaga.

d) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: Mil trescientos euros (1.300

e) Finalidad y materia de la beca: Preparación y capacitación de personal cualificado en Medicina Deportiva.

f) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo previsto en el artículo 3.1.c) y 3 de la citada Orden: Licenciatura en Medicina, con la especialidad en Medicina de la Educación Física y del Deporte o hallarse en proceso de obtención de dicha especialidad.

2. Beca de investigación en materia de Medicina del Deporte, con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Número de becas que se convocan: Una.

b) Duración inicial de la beca: Doce meses.

c) Sede administrativa de adscripción: Centro Andaluz de Medicina del Deporte en Sevilla.

d) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: Mil trescientos euros (1.300

e) Finalidad y materia de la beca: Realización de trabajos de investigación relacionados con la incidencia de la actividad física y el deporte en la salud integral o sobre los factores que influyen en el rendimiento deportivo.

f) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo previsto en el artículo 3.1.c) y 3 de la citada Orden: Licenciatura en Medicina, con la especialidad en Medicina de la Educación Física y del Deporte o hallarse en proceso de obtención de dicha especialidad.

3. Beca de Investigación en materias competencia del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Número de becas que se convocan: Una.

g) Duración inicial de la beca: Doce meses.

h) Sede administrativa de adscripción: Centro Andaluz de Medicina del Deporte en Cádiz.

i) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: Mil trescientos euros (1.100

j) Finalidad y materia de la beca: Realización de estudios y trabajos de investigación en materias competencia del Centro Andaluz de Medicina del Deporte.

k) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo previsto en el artículo 3.1.c) y 3 de la citada Orden: Diplomatura en Fisioterapia.

Tercero. Las valoraciones que sean necesarias para el desenvolvimiento normal de la beca las realizará la Comisión de Selección.

Cuarto. Las solicitudes se realizarán a través del modelo impreso que figura como Anexo a la referida Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 194, de 2 de octubre), irán acompañadas de la documentación a que se refiere el artículo 10 de la misma y se dirigirán a la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte y se presentarán, preferentemente, en el Registro Auxiliar del citado Centro, en el Registro General de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en el de sus Delegaciones Provinciales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Quinto. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de marzo de 2008.- La Directora, Leocricia Jiménez López.

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