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Por Orden de esta Consejería de fecha 14 de julio de 2004, se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las facultades que sobre la contratación de bienes patrimoniales se atribuyen al Consejero y Presidente del Organismo Autónomo por Ley 4/1986, de 5 de marzo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias para el asunto concreto que se cita y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en lo que se refiere a la contratación del arrendamiento de local para la ubicación de la nueva sede de los servicios administrativos de la Unidad "Oficina de Empleo de Nerja" y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga.
Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 27 de marzo de 2008
ANTONIO FERNANDEZ GARCIA
Consejero de Empleo
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