Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 17/04/2008

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Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 11 de marzo de 2008, del Ayuntamiento de Aljaraque, de bases para la selección de personal funcionario.

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BASES GENERALES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE, INCLUIDAS EN LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DE 2007 (BOP NUM. 22, DE 1 DE FEBRERO DE 2008)

I. Normas generales.

1.1. Objeto de la Convocatoria.

Las plazas de personal funcionario, comprendidas en la Oferta Pública de empleo de este Ayuntamiento para el ejercicio 2007.

Las plazas Y sus pruebas de acceso, serán las que se determinen en las bases particulares, que se elaboren para las respectivas convocatorias.

1.2. Destino.

El Ayuntamiento de Aljaraque, podrá destinar a sus funcionarios/as a puestos de trabajo de servicios o dependencias situadas en el término municipal, cuando así se considere necesario o conveniente y de conformidad y por el procedimiento establecido en la normativa vigente.

1.3. Derechos y deberes.

Quien obtenga plaza tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma como Funcionario/a de la Administración Local, y los determinados con carácter general o especial por el Régimen Jurídico Local.

1.4. Régimen Jurídico aplicable.

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes Bases y por las siguientes disposiciones legales:

- De aplicación general: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local. (En todo lo no derogado expresamente por la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público respecto de las Leyes 30/1984, 7/1985 y Real Decreto Legislativo 781/1986).

- De aplicación específica: Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecieron las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

- De aplicación supletoria: Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión.

- Cualesquiera otras normas concordantes y de aplicación.

1.5. Efectos vinculantes.

Estas Bases vinculan a la Administración convocante, al Tribunal y a todas las demás personas que tengan interés directo en la Convocatoria.

Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.

2.1. Para poder ser admitidos/as y participar en las pruebas selectivas los/las aspirantes/as deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o de la de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Estar en posesión del título exigido en las bases particulares.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para el ejercicio de funciones similares a las que desempeñaban en su caso como personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismo términos el acceso al empleo público.

No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado/a lo justifica.

2.2. Todos los requisitos establecidos en la norma anterior deberán poseerse en el último día de plazo de presentación de solicitudes.

2.3. Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los/as demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en los que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. (Se adoptarán las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad).

II. Específico

Tema 29. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación, régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recurso no tributario.

Tema 30. La gestión y liquidación de recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión dictados en materia de Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos.

Tema 31. Régimen jurídico de la recaudación de las Entidades locales. El pago y otras formas de extinción de las deudas. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación en vía de apremio.

Tema 32. El Impuesto de Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible: el valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.

Tema 33. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Tema 34. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Tema 35. Los Bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes, los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.

Tema 36. La formación y el mantenimiento del Catastro Inmobiliario. Procedimiento de declaración. Hechos, actos y negocios susceptibles de declaración. Concepto. Sujetos obligados a declarar. Plazos y efectos. Consecuencias del incumplimiento. Modelos de declaración y documentación a presentar. Lugar de presentación. Procedimientos de comunicación y solicitud.

Tema 37. La colaboración administrativa en materia de gestión catastral. Colaboración institucional. Colaboración de las entidades locales y territoriales mediante la suscripción de Convenios de colaboración. Objeto, alcance y régimen jurídico de los convenios de colaboración. Procedimiento para su formalización.

Tema 38. Valoración catastral de los bienes Inmuebles Urbanos. Normas técnicas. Valoración del suelo. Coeficientes correctores de aplicación. Valoración de las construcciones. Tipologías edificatorias. Coeficientes correctores a aplicar. Coeficientes correctores del valor del suelo y la construcción. El valor catastral.

Tema 39. Los servicios catastrales en Internet. Programa de ayuda a la presentación de declaraciones catastrales. La Oficina Virtual del Catastro. Los Puntos de Información Catastral.

Tema 40. Igualdad de género: Marco jurídico de referencia. Políticas de igualdad de género. Normativa vigente. Evaluación de políticas y medidas presupuestarias relacionadas con la igualdad de sexo. Ley Orgánica de Igualdad de Mujeres y Hombres.

BASES PARTICULARES PARA LA PROVISION, MEDIANTE PROMOCION INTERNA, DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A (GRUPO C1), DE RECURSOS HUMANOS, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA), E INCLUIDA EN LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DE 2007 (BOP NUM. 22, DE 1 DE FEBRERO DE 2008)

1. Normas generales.

1.1. Objeto de las Bases y número de plazas.

Es objeto de las presentes Bases la provisión de la siguiente plaza.

Denominación: Administrativo/a de Recursos Humanos.

Número : Una.

Grupo: C1.

Titulación exigida: BUP, Bachiller Superior, FP II, o equivalente.

Sistema de acceso: Promoción interna.

Procedimiento: Concurso-Oposición.

Las normas generales, de aplicación en cuanto a destino, derechos y deberes y régimen jurídico aplicable y efectos vinculantes, serán las contenidas en las Bases Generales aprobadas por el Ayuntamiento de Aljaraque, para la provisión de las plazas de personal funcionario incluidas en la Oferta Pública de Empleo de 2007.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los/las aspirantes.

2.1. Para poder ser admitidos/as y participar en las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir, además de los establecidos en las Bases Generales, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a o empleado/a laboral en activo de la plantilla del Ayuntamiento de Aljaraque.

b) Pertenecer al Grupo D (Ahora C2).

c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Estar en posesión del título exigido, al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes o instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, deberán presentarse, conforme a las especificaciones de las Bases Generales, en cuanto a forma, documentos que deben presentarse, plazo y lugar de presentación.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de dieciocho euros, y serán satisfechos por los/as aspirantes, mediante ingreso directo en la cuenta 2098002232010000003-7 de este Ayuntamiento, debiendo adjuntarse a la instancia, el resguardo acreditativo de su ingreso, o de su remisión por vía postal o telegráfica, donde se haga constar el nombre del/de la aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

4. Admisión de aspirantes.

En lo relativo a este apartado, se estará a lo dispuesto al efecto por la Base IV de las Generales a que se remiten las presentes.

5. Tribunal Calificador.

Por lo que respecta a su composición, abstención y recusación, categoría y percepción de asistencias, actuación y nombramiento, se estará a lo prevenido en la Base V, de las Generales.

6. Pruebas selectivas.

La selección se efectuará por el procedimiento de Concurso-Oposición, según las siguientes normas:

6.1. Fase de Concurso.

La fase de Concurso será previa a la Oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición:

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la Oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los/as aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación con una antelación de, al menos, 48 horas, a la realización del citado primer ejercicio.

La valoración inicial de méritos tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales o fehacientes, acreditativos de los méritos alegados.

Antes de la celebración de la última prueba de la fase de Oposición, los/as aspirantes que hubiesen superado los ejercicios anteriores presentarán, para su cotejo y compulsa, los originales de los documentos acreditativos de los méritos alegados que hubieran adjuntado, por fotocopia, a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de Concurso, confirmando, en caso de conformidad, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados o probados, según el procedimiento señalado en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.

6.1.1. Valoración de méritos: Se valorarán los méritos adecuados a las características del puesto al que se accede, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad de acuerdo con los siguientes criterios:

a) La valoración del trabajo desarrollado deberá cuantificarse según la naturaleza del puesto convocado, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel, conforme a la siguiente escala:

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque en el área sectorial al que pertenece la plaza en puestos del nivel inmediato inferior: 0,04 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el puesto al que se opta en el Ayuntamiento de Aljaraque, en el área al que pertenece la plaza: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque en un área sectorial ajeno al que pertenece la plaza en puesto del nivel inmediato inferior: 0,02 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque, en un departamento diferente al que pertenece la plaza, pero de funciones similares, en puesto del nivel inmediatamente inferior: 0,03 puntos.

- Ambos apartados serán compatibles entre sí.

- Por cada mes de servicio prestado en otras Administraciones, en un puesto de funciones similares: 0,01 puntos.

b) Unicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento expresamente incluidos en la convocatoria, que deberán versar sobre materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo, y siempre que el curso haya sido impartido u organizado por cualquier Administración Pública o una Entidad concertada con ésta.

Duración Curso recibido con aprovechamiento

Hasta 25 h. 0,25

De 26 a 50 h. 0,50

De 61 a 100 h. 0,75

De 101 a 200 h. 1

+ 200 h. 1,25

c) La antigüedad se valorará por años de servicio en el Excmo. Ayuntamiento de Aljaraque en atención a la siguiente escala:

- Por cada año de servicio en el Ayuntamiento de Aljaraque: 0,1 punto.

- El período superior a 6 meses se computará como 0,05 puntos, y el inferior no se computará.

1. La puntuación máxima a otorgar en los apartados anteriores será de 5 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

- Por trabajos realizados el 50%.

- Por cursos el 25%.

- Por antigüedad el 25%.

2. En caso de empate en la puntuación final se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados anteriormente por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso en la Corporación, en el Cuerpo o Escala en el que se concursa y en su defecto al número obtenido en el proceso selectivo.

3. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente conjuntamente con la solicitud de participación.

6.2. Fase de Oposición.

La Oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y de carácter eliminatorio.

A) Primer ejercicio (teórico). Consistirá en la contestación de preguntas referidas a los epígrafes del temario anexo, a propuesta del Tribunal y durante el tiempo que éste determine.

Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, para aprobar, un mínimo de 5 puntos.

B) Segundo ejercicio. Consistirá en resolver un supuesto práctico, propio del puesto objeto del proceso selectivo, a realizar en el tiempo que señale el Tribunal.

Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, para aprobar, un mínimo de 5 puntos.

Se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyos conocimientos se hubieran acreditado suficientemente en la convocatoria de ingreso al Cuerpo o Escala de origen.

7. Comienzo y desarrollo de las pruebas.

Se actuará conforme a lo establecido en las Bases Generales de la Convocatoria, en lo que respecta a fecha de comienzo de plazos, normas varias, lectura de ejercicios escritos y publicidad de los resultados.

8. Presentación de documentos.

Se actuará conforme a lo establecido en la Base VIII, de las Generales que rigen para esta convocatoria.

El/la aspirante propuesto/a, dada su condición de funcionario/a o empleado/a laboral fijo del Ayuntamiento de Aljaraque, estará exento/a de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de esta Administración, acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su expediente personal.

9. Recursos.

Conforme a la Base XI de las Generales.

A N E X O

TEMARIO DE LAS PRUEBAS PARA CUBRIR, POR PROMOCION INTERNA, UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A DE RECURSOS HUMANOS DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE

I. Común

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Sucesión y Regencia. Las atribuciones del Rey. El Refrendo. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

Tema 5. La organización de la Administración Pública en el ordenamiento español. La Administración del Estado. La organización ministerial. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Tema 6. La constitución de las Comunidades Autónomas. Competencias. Estatuto de Autonomía: procedimiento de elaboración. Contenido y valor normativo. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 7. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

Tema 8. La provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación Provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Comisión de Gobierno. Comisiones Informativas.

Tema 9. El Municipio: su concepto y elementos. Organización municipal. Competencias. El Alcalde: elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 10. Otras Entidades Locales. Areas Metropolitanas. Mancomunidades Municipales. Agrupaciones Municipales. Entidades Locales Menores.

Tema 11. Relaciones entre Entes Territoriales. Autonomía municipal y tutela.

Tema 12. El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Tema 13. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Régimen jurídico. El procedimiento administrativo: su significado. Fases del procedimiento administrativo general: Iniciación, ordenación, instrucción, terminación y ejecución. Los recursos administrativos.

Tema 14. El administrado: Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Actos jurídicos del administrado. Peticiones y solicitudes. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. El interesado.

Tema 15. Las formas de la acción administrativa. El fomento y sus medios. La policía administrativa: sus medios y limitaciones. El servicio público. Modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 16. Los Reglamentos y Ordenanzas Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. comunicaciones y notificaciones.

Tema 18. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. Los bienes patrimoniales.

Tema 19. Los contratos administrativos locales: concepto, regulación y régimen jurídico. Elementos, formas de selección de los contratistas. Incumplimiento de los contratos.

Tema 20. Intervención administrativa local en la actividad privada: concepto, principios y límites. Medios de Intervención. La licencia administrativa. Concepto y caracteres. Actividades sometidas a licencias. Procedimiento. Efectos. Casos particulares para licencias de actividades e industrias molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. El régimen urbanístico del suelo.

Tema 21. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana.

Tema 22. La función pública local y su organización. La Oferta Pública de Empleo y las relaciones de puestos de trabajo.

Tema 23. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. El derecho de sindicación. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La Seguridad Social de los funcionarios de Administración Local.

Tema 24. El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. Precedentes legislativos. Situación actual. Régimen Jurídico.

Tema 25. Haciendas Locales: clasificación de los ingresos. Ordenación de gastos y ordenación de pagos. Los presupuestos locales.

Tema 26. El registro y sus funciones. El archivo: sus funciones y servicios. Clases de archivo. El archivo de gestión. Criterios de ordenación de archivos. Aplicación de las nuevas tecnologías a la documentación del archivo.

Tema 27. Concepto de Informática. Desarrollo histórico de la Informática. Microinformática: elementos de un microordenador. Hardware y software. Sistema operativo. Programas de aplicación. Lenguajes de programación.

Tema 28. Ofimática: concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Agenda electrónica. Hoja de cálculo. Los gráficos de oficina. El correo electrónico. Los sistemas de tratamiento de textos.

II. Específico

Tema 29. Relaciones Laborales. Sujetos de la relación: empresario y trabajador. Ambito del Estatuto de los Trabajadores: aplicación y exclusiones. Centro de trabajo. Relaciones laborales de carácter especial. Fuentes de la relación laboral. Derechos y deberes de los trabajadores y empresario.

Tema 30. Contratación de los trabajadores. Admisión al trabajo. Forma de los contratos. Modalidades de la contratación.

Tema 31. Características de los contratos. Tipos de contratos. Análisis de cada uno de ellos. Indefinidos: Ordinarios y para el fomento de la contratación indefinida. Temporales: Duración determinada. Formativos en prácticas y para la Formación. A tiempo parcial y de relevo.

Tema 32. Compensación del trabajo. Salario. Fondo de Garantía Salarial.

Tema 33. Ambiente de trabajo. Principios informantes de la Prevención de Riesgos Laborales y Salud en el Trabajo. Definiciones y conceptos básicos. Actuación de la Administración laboral, sanitaria y de industria. Instituciones y organismos que la ejercen.

Tema 34. Tiempo de trabajo. Horas extraordinarias. Trabajo nocturno, a turnos y ritmo. Jornadas especiales y descansos. Ampliaciones y limitaciones de jornada. Descanso semanal. Permisos y vacaciones anuales.

Tema 35. Incidencias, suspensión y extinción de la relación laboral. Movilidad funcional y movilidad geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato de trabajo. Extinción del contrato.

Tema 36. Inscripción de empresas. Afiliación. Altas y bajas. Variación de datos de los trabajadores.

Tema 37. Incapacidad temporal. Situaciones determinantes. Beneficiarios. Pérdida o suspensión y extinción. Gestión y control.

Tema 38. Empleo. Marco normativo. Instituto Nacional de Empleo. Agencias de colocación. Servicio Andaluz de Empleo.

Tema 39. Maternidad. Situaciones protegidas. Beneficiarios. Nacimiento del derecho y requisitos. Lactancia. Permisos parentales. Bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social. Riesgo durante el embarazo. Nacimiento y finalización del derecho. Procedimiento. Cuantía y pago de la prestación.

Tema 40. Igualdad de género: Marco jurídico de referencia. Políticas de igualdad de género. Normativa vigente. Evaluación de políticas y medidas presupuestarias relacionadas con la igualdad de sexo. Ley Orgánica de Igualdad de Mujeres y Hombres.

Aljaraque, 11 de marzo de 2008.- El Alcalde, José Martín Gómez.

III. Presentacion de solicitudes.

3.1. Forma.

Quienes deseen tomar parte en las pruebas, habrán de hacerlo constar en impreso normalizado, que le será facilitado al efecto por el Ayuntamiento de Aljaraque (en el Registro General o en el Departamento de Secretaría).

Igualmente, podrán instar la participación en el proceso selectivo mediante simple instancia, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esto es:

a) Nombre, apellidos, DNI y domicilio del/de la interesado/a.

b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud, esto es, petición de participar en el proceso selectivo, identificándose mediante alusión específica a la denominación de la/s plaza/s a que se opta.

c) Lugar y fecha en que se firma el escrito.

d) Firma del/de la solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

e) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige (Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aljaraque).

En dicha instancia, el/la peticionario/a, deberá, además, formular, declaración jurada o bajo promesa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente.

Las personas con minusvalía o limitaciones psíquicas o físicas compatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, pero que no les permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones con el resto de los aspirantes, podrán solicitar, en la instancia, concretándolas, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

3.2. Documentos que deben presentarse.

Las instancias deberán presentarse acompañadas de fotocopia del DNI y original del recibo o carta de pago de los derechos de examen, en su caso, o resguardo que acredite su remisión por vía postal o telegráfica.

Asimismo, se unirá a la instancia, para su valoración en la fase de concurso, en su caso, fotocopia simple (no compulsada) de los documentos acreditativos de los méritos alegados.

Ello, sin perjuicio de lo establecido en las Bases Particulares sobre presentación en tiempo inmediatamente anterior a la celebración del último de los ejercicios de la fase de oposición y por parte sólo de los aspirantes que hubieren superado las anteriores pruebas, de los originales de los documentos presentados inicialmente por fotocopia, a fin de proceder a su cotejo y compulsa.

3.3. Plazo de presentación.

Las solicitudes y la documentación complementaria, acreditativa de los méritos alegados deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial correspondiente.

3.4. Lugar de presentación.

Las solicitudes y la documentación complementaria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Aljaraque (Plaza de Andalucía núm. 1) en los Registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado o de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, así como en las Oficinas de Correos, en la forma que se encuentra establecido, de conformidad con lo dispuesto en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En este último supuesto, las instancias se presentarán en las Oficinas de Correos, en sobre abierto, a fin de que por el empleado que admita el envío, se estampe el sello de fechas en el documento, de manera que aparezcan con claridad, el nombre de la Oficina y la fecha de presentación.

3.5. Derechos de examen.

Los derechos de examen serán los que se determinen, respectivamente, en las bases particulares y podrán abonarse mediante ingreso directo en la cuenta 2098002232010000003-7, de este Ayuntamiento.

Podrán ser satisfechos también, mediante giro postal o telegráfico, donde deberá hacerse constar el nombre del/de la aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

IV. Admision de los aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instan-cias, por la Presidencia de la Corporación, se dictará Resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos y las causas de exclusión. En dicha Resolución que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán, en el caso de que no exprese la relación de todos/as los/las solicitantes, los lugares en los que se encuentra expuesta al público la lista certificada, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos/as y excluidos/as.

4.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as. Dicha Resolución en la que también se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, el orden de actuación de los/las aspirantes y la composición del Tribunal Calificador, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo determinante esta publicación para el cómputo de los plazos a efectos de impugnaciones o recursos.

V. Tribunal Calificador.

5.1. Composición.

El Tribunal estará formado por un número impar de miembros, funcionarios de carrera, no inferior a cinco (Presidente/a, Secretario/a y Vocales), de conformidad con lo establecido en los apartados e) y f) del artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y art. 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la designación de sus miembros tanto titulares como suplentes, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en el art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

La composición será eminentemente técnica y en ella se velará por el cumplimiento del principio de especialidad (Todos sus miembros deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas), previsto en los ya citado artículo 4 del RD 896/1995, apartado e) y artículo 11 del RD 364/1995.

5.2. Abstención y recusación.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante, quien resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas, podrá promoverse recusación por los/las interesados/as en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

5.3. Categoría del Tribunal y percepción de asistencias.

A efectos de lo determinado en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por la concurrencia a sesiones de Tribunales y órganos de selección, conforme a la categoría que se señale para cada Tribunal en las bases particulares correspondientes.

5.4. Actuación del Tribunal.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal.

El Tribunal se constituirá con suficiente antelación a la fecha de realización del primer ejercicio y acordará en dicha sesión todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Constituido el Tribunal, sólo actuarán en los sucesivos actos, como miembros del mismo, quienes en tal inicio lo hubieren compuesto, sin que puedan ser sustituidos/as por sus respectivos/as suplentes.

En caso de ausencia del Presidente del Tribunal, asumirá las funciones del/de la Presidente el/la Vocal de mayor edad. El/la de menor edad sustituirá al Secretario/a en caso de ausencia de éste/a.

El/la Presidente/a del Tribunal adoptará las medi-das oportunas para garantizar que los ejercicios que sean escritos y no hayan de ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.

El Tribunal responsable de la selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos/as asesores se limitarán a valorar los ejercicios correspondientes a su especialidad técnica y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en base a dicha especialidad.

En relación con las personas con minusvalía, que previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, para adaptar el tiempo y los medios de realización de los ejercicios de dichos aspirantes, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los demás participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales u Organismo que lo sustituya en sus cometidos y funciones.

Las Resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.

5.5. Nombramiento.

El Tribunal será nombrado por el Presidente de la Corporación en el mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de instancias.

VI. Sistema de selección y calificación.

El sistema de selección y calificación, será en cada caso, el que se determine en las bases particulares que se elaboren para cada una de las plazas incluidas en la Oferta Pública de Empleo de 2007.

VII. Comienzo y desarrollo de las pruebas.

7.1. Fecha de comienzo de plazos.

El Lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios de las pruebas selectivas, se determinará en la Resolución del Sr. Presidente de la Corporación, donde declare la admisión y exclusión de los/las aspirantes a que se refiere la Base IV.

No podrán dar comienzo las pruebas hasta haber transcurrido, al menos, dos meses desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial correspondiente.

Con quince días de antelación, como mínimo, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.

7.2. Normas varias.

Los/las aspirantes serán convocados, previstos de su DNI, para cada ejercicio del proceso selectivo, en llamamiento único. La no presentación de un/una aspirante a cualquiera de los ejercicios, determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y en su consecuencia quedará excluido/a del proceso selectivo, salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados y libremente apreciados por el Tribunal.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aljaraque, con 12 horas de antelación, al menos, al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o 24 horas si se trata de un nuevo ejercicio, bien entendido que entre cada prueba, deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales).

El orden de actuación, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético, conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/las aspirantes para que acrediten su identidad.

Al finalizar la práctica de cada uno de los ejercicios, el Tribunal podrá dialogar con el/la aspirante sobre materias objeto de los mismos y pedirle cualquier otra explicación complementaria.

7.3. Lectura de ejercicios escritos.

En los ejercicios escritos, el Tribunal podrá invitar a que sean leídos por los/las aspirantes, si así lo considera oportuno. Si alguno/a de éstos/as no compareciera a la lectura el día y a la hora que le corresponda, ni justificara suficientemente, a juicio del Tribunal, su ausencia, se le tendrá por retirado/a, esto es, desistido/a y renunciado/a a continuar en el proceso selectivo.

7.4. Publicidad de los resultados.

Al finalizar cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública la lista de aprobados/as en ellos.

Finalizado el último ejercicio, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial la "relación definitiva de aprobados/as", por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total. Dicha relación, que no podrán contener mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas, será elevada al Presidente de la Corporación con propuesta de nombramiento.

VIII. Presentación de documentos.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en el proceso selectivo se exigen en la base II de la convocatoria, en la siguiente forma:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente.

b) Copia autentificada o fotocopia (que deberá pre-sentar acompañada de original para su compulsa) de la titulación académica exigida. Los/as opositores/as que aporten estudios equivalentes a los específicamente señalados, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia, o en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio de lo que el Decreto 196/1992, de 24 de noviembre, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios/as públicos/as estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración Pública de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

Entregada la documentación especificada en los anteriores apartados, y antes de dictarse la Resolución de nombramiento, los/las opositores/as propuestos/as para ocupar las diferentes plazas, habrán de someterse a reconocimiento médico en la Mútua Patronal a la que este Ayuntamiento se halla adherido.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carece de alguno de los requisitos establecidos en las bases, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as, quedando anulados todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

IX. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes que, en cada caso, hubiesen superado las pruebas y acreditado, dentro del plazo señalado de 20 días naturales, desde que se hizo pública la lista de aprobados, el cumplimiento de los requisitos precisos para poder participar en el proceso selectivo, serán nombrados/as funcionarios/as de carrera en cada una de las plazas en cuestión.

El/la funcionario/a nombrado/a deberá tomar posesión en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicho nombramiento.

X. Asignación de puestos de trabajo.

La adjudicación de puestos de trabajo, a los/as funcionarios/as de nuevo ingreso, se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/as interesados/as, entre los puestos ofertados a los/as mismos/as, según el orden obtenido en el proceso selectivo.

XI. Recursos.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecida en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero.

BASES PARTICULARES PARA LA PROVISION, MEDIANTE PROMOCION INTERNA, DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A (GRUPO C1), ADSCRITA AL DEPARTAMENTO DE SECRETARIA, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA), E INCLUIDA EN LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DE 2007 (BOE NUM. 22, DE 1 DE FEBRERO DE 2008)

1. Normas generales.

1.1. Objeto de las Bases y número de plazas.

Es objeto de las presentes Bases la provisión de la siguiente plaza:

Denominación: Administrativo/a del Departamento de Secretaría.

Número: Una.

Grupo: C1.

Titulación exigida: BUP, Bachiller Superior, FP II, o equivalente.

Sistema de acceso: Promoción interna.

Procedimiento: Concurso-Oposición.

Las Normas generales, de aplicación en cuanto a destino, derechos y deberes y régimen jurídico, serán las contenidas en las Bases Generales aprobadas por el Ayuntamiento de Aljaraque, para la provisión de las plazas de personal funcionario incluidas en la Oferta Pública de Empleo de 2007.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.

2.1. Para poder ser admitidos/as y participar en las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir, además de los establecidos en las Bases Generales, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a o empleado/a laboral en activo de la plantilla del Ayuntamiento de Aljaraque.

b) Pertenecer al Grupo D (Ahora C2).

c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Estar en posesión del título exigido, al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes o instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, deberán presentarse, conforme a las especificaciones de las referidas bases generales, en cuanto a forma, documentos que deben presentarse, plazo y lugar de presentación.

Los derechos de examen, se fijan en la cantidad de dieciocho euros, y serán satisfechos por los/as aspirantes, mediante ingreso directo en la cuanta 2098002232010000003-7 de este Ayuntamiento, debiendo adjuntarse a la instancia, el resguardo acreditativo de su ingreso, o de su remisión por vía postal o telegráfica, donde se haga constar el nombre del/de la aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

4. Admisión de aspirantes.

En lo relativo a este apartado, se estará a lo dispuesto al efecto por la Base IV de las Generales a que se remiten las presentes.

5. Tribunal Calificador.

Por lo que respecta a su Composición, Abstención y Recusación, Categoría y percepción de asistencias, Actuación y Nombramiento, se estará a lo prevenido en la Base V, de las Generales.

6. Pruebas selectivas.

La selección se efectuará por el procedimiento de Concurso-Oposición, según las siguientes normas:

6.1. Fase de Concurso.

La fase de Concurso, será previa a la Oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición:

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la Oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los/as aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación con una antelación de, al menos, 48 horas, a la realización del citado primer ejercicio.

La valoración inicial de méritos tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales o fehacientes, acreditativos de los méritos alegados.

Antes de la celebración de la última prueba de la fase de Oposición, los/as aspirantes que hubiesen superado los ejercicios anteriores presentarán, para su cotejo y compulsa, los originales de los documentos acreditativos de los méritos alegados que hubieran adjuntado, por fotocopia, a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de Concurso, confirmando, en caso de conformidad, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados o probados, según el procedimiento señalado en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.

6.1.1. Valoración de méritos: Se valorarán los méritos adecuados a las características del puesto al que se accede, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad de acuerdo con los siguientes criterios:

a) La valoración del trabajo desarrollado deberá cuantificarse según la naturaleza del puesto convocado, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel, conforme a la siguiente escala:

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque en el área sectorial al que pertenece la plaza en puestos del nivel inmediato inferior: 0,04 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el puesto al que se opta en el Ayuntamiento de Aljaraque, en el área al que pertenece la plaza: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque en un área sectorial ajeno al que pertenece la plaza en puesto del nivel inmediato inferior: 0,02 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque, en un departamento diferente al que pertenece la plaza, pero de funciones similares, en puesto del nivel inmediato inferior: 0,03 puntos.

- Ambos apartados serán compatibles entre sí.

- Por cada mes de servicio prestado en otras Administraciones, en un puesto de funciones similares: 0,01 punto.

b) Unicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento expresamente incluidos en la convocatoria, que deberán versar sobre materias directamente relacionadas con los puestos de trabajo, y siempre que el curso haya sido impartido u organizado por cualquier Administración Pública o una Entidad concertada con ésta.

Duración Curso recibido con aprovechamiento

Hasta 25 h. 0,25

De 26 a 50 h. 0,50

De 61 a 100 h. 0,75

De 101 a 200 h. 1

+ 200 h. 1,25

c) La antigüedad se valorará por años de servicio en el Excmo. Ayuntamiento de Aljaraque en atención a la siguiente escala:

- Por cada año de servicio en el Ayuntamiento de Aljaraque: 0,1 puntos.

- El período superior a 6 meses se computará como 0,05 puntos. Y el inferior no se computará.

1. La puntuación máxima a otorgar en los apartados anteriores será de 5 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

- Por trabajos realizados el 50%.

- Por cursos el 25%.

- Por antigüedad el 25%.

2. En caso de empate en la puntuación final se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados anteriormente por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso en la Corporación, en el Cuerpo o Escala en el que se concursa y en su defecto al número obtenido en el proceso selectivo.

3. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente conjuntamente con la solicitud de participación.

6.2. Fase de Oposición. La Oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y de carácter eliminatorio.

A) Primer ejercicio (Teórico). Consistirá en la contestación de preguntas referidas a los epígrafes del temario anexo, a propuesta del Tribunal y durante el tiempo que éste determine.

Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, para aprobar, un mínimo de 5 puntos.

B) Segundo ejercicio. Consistirá en resolver un supuesto práctico, propio del puesto objeto del proceso selectivo, a realizar en el tiempo que señale el Tribunal.

Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, para aprobar, un mínimo de 5 puntos.

Se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyos conocimientos se hubieran acreditado suficientemente en la convocatoria de ingreso al Cuerpo o Escala de origen.

7. Comienzo y desarrollo de las pruebas.

Se actuará conforme a lo establecido en las Bases Generales de la Convocatoria, en lo que respecta a fecha de comienzo de plazos, normas varias, lectura de ejercicios escritos y publicidad de los resultados.

8. Presentación de documentos.

Se actuará conforme a lo establecido en la base VIII, de las Generales que rigen para esta convocatoria.

El/la aspirante propuesto/a, dada su condición de funcionario/a o empleado/a laboral fijo del Ayuntamiento de Aljaraque, estará exento/a de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de esta Administración, acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su expediente personal.

9. Recursos.

Conforme a la Base XI de las Generales.

A N E X O

TEMARIO DE LAS PRUEBAS PARA CUBRIR, POR PROMOCION INTERNA, UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A, DEL DEPARTAMENTO DE SECRETARIA, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE

I. Común

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Sucesión y Regencia. Las atribuciones del Rey. El Refrendo. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

Tema 5. La organización de la Administración Pública en el ordenamiento español. La Administración del Estado. La organización ministerial. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Tema 6. La constitución de las Comunidades Autónomas. Competencias. Estatuto de Autonomía: procedimiento de elaboración. Contenido y valor normativo. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 7. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

Tema 8. La provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación Provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Comisión de Gobierno. Comisiones Informativas.

Tema 9. El Municipio: su concepto y elementos. Organización municipal. Competencias. El Alcalde: elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 10. Otras Entidades Locales. Areas Metropolitanas. Mancomunidades Municipales. Agrupaciones Municipales. Entidades Locales Menores.

Tema 11. Relaciones entre Entes Territoriales. Autonomía municipal y tutela.

Tema 12. El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Tema 13. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Régimen jurídico. El procedimiento administrativo: su significado. Fases del procedimiento administrativo general: Iniciación, ordenación, instrucción, terminación y ejecución. Los recursos administrativos.

Tema 14. El administrado: Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Actos jurídicos del administrado. Peticiones y solicitudes. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. El interesado.

Tema 15. Las formas de la acción administrativa. El fomento y sus medios. La policía administrativa: sus medios y limitaciones. El servicio público. Modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 16. Los Reglamentos y Ordenanzas Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 18. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. Los bienes patrimoniales.

Tema 19. Los contratos administrativos locales: concepto, regulación y régimen jurídico. Elementos, formas de selección de los contratistas. Incumplimiento de los contratos.

Tema 20. Intervención administrativa local en la actividad privada: concepto, principios y límites. Medios de Intervención. La licencia administrativa. Concepto y caracteres. Actividades sometidas a licencias. Procedimiento. Efectos. Casos particulares para licencias de actividades e industrias molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. El régimen urbanístico del suelo.

Tema 21. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana.

Tema 22. La función pública local y su organización. La Oferta Pública de Empleo y las relaciones de puestos de trabajo.

Tema 23. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. El derecho de sindicación. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La Seguridad Social de los funcionarios de Administración Local.

Tema 24. El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. Precedentes legislativos. Situación actual. Régimen Jurídico.

Tema 25. Haciendas Locales: clasificación de los ingresos. Ordenación de gastos y ordenación de pagos. Los presupuestos locales.

Tema 26. El registro y sus funciones. El archivo: sus funciones y servicios. Clases de archivo. El archivo de gestión. Criterios de ordenación de archivos. Aplicación de las nuevas tecnologías a la documentación del archivo.

Tema 27. Concepto de Informática. Desarrollo histórico de la Informática. Microinformática: elementos de un microordenador. Hardware y Software. Sistema operativo. Programas de aplicación. Lenguajes de programación.

Tema 28. Ofimática: concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Agenda electrónica. Hoja de cálculo. Los gráficos de oficina. El correo electrónico. Los sistemas de tratamiento de textos.

II. Específico

Tema 29. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el Régimen Local. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 30. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias y autorizaciones administrativas: sus clases. La actividad de fomento en la esfera local. Régimen de subvenciones.

Tema 31. La iniciativa pública económica de las entidades locales y la reserva de servicios. El servicio público en las entidades locales. Los modos de gestión. Especial referencia a la concesión de servicios y a la empresa pública local. El consorcio.

Tema 32. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. La revisión y revocación de los actos de los Entes Locales. Tramitación de expedientes. Los interesados. Abstenciones y recusaciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.

Tema 33. Estatuto del vecino. Derechos y deberes. Asociaciones vecinales. Registro municipal de Asociaciones.

Tema 34. Las competencias de las Entidades Locales en materia de protección del medio ambiente. La gestión de los residuos urbanos en la legislación sectorial estatal. El abastecimiento de agua y el tratamiento de las aguas residuales.

Tema 35. Las competencias sanitarias de las Entidades Locales en la legislación sectorial estatal. Los centros de Salud de titularidad de las Entidades Locales. Cementerios y servicios funerarios. Régimen jurídico y competencias municipales en relación con la tenencia de perros catalogados como potencialmente peligrosos.

Tema 36. Las ferias y mercados. La venta ambulante. Intervención municipal en el comercio. La defensa de consumidores y usuarios.

Tema 37. Los servicios sociales municipales. Los instrumentos de cooperación y coordinación interadministrativa en materia de servicios sociales. Las políticas municipales de juventud. La participación municipal en las políticas de empleo y formación profesional.

Tema 38. Competencias en materia de educación. La cooperación de las Entidades Locales en materia de educación. Los Consejos Escolares de ámbito local. La cultura. Las obligaciones de las entidades locales en materia de protección del patrimonio histórico-artístico. Los medios de difusión de titularidad de las Corporaciones locales: emisoras de radio y televisión municipales.

Tema 39. La participación de las Entidades Locales en la política de vivienda. Las políticas municipales del suelo y viviendas de protección pública. Patrimonio municipal del suelo. El Plan de vivienda y los convenios interadministrativos de colaboración.

Tema 40. Igualdad de género: Marco Jurídico de referencia. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente. Evolución de políticas y medidas presupuestarias relacionadas con la igualdad de sexo. Ley Orgánica de Igualdad de Mujeres y Hombres.

BASES PARTICULARES PARA LA PROVISION, MEDIANTE PROMOCION INTERNA, DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A (GRUPO C1), DE GESTION TRIBUTARIA Y CATASTRAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA), E INCLUIDA EN LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DE 2007 (BOP NUM. 22, DE 1 DE FEBRERO DE 2008)

1. Normas generales.

1.1. Objeto de las Bases y número de plazas.

Es objeto de las presentes Bases la provisión de la siguiente plaza.

Denominación: Administrativo/a de Gestión Tributaria y Catastral.

Número: Una.

Grupo: C1.

Titulación exigida: BUP, Bachiller Superior, FP II, o equivalente.

Sistema de acceso: Promoción interna.

Procedimiento: Concurso-Oposición.

Las Normas Generales de aplicación en cuanto a destino, derechos y deberes y Régimen Jurídico, serán las contenidas en las Bases Generales aprobadas por el Ayuntamiento de Aljaraque, para la provisión de las plazas de personal funcionario incluidas en la Oferta Pública de Empleo de 2007.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.

2.1. Para poder ser admitidos/as y participar en las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir, además de los establecidos en las bases generales, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a o empleado/a laboral en activo de la plantilla del Ayuntamiento de Aljaraque.

b) Pertenecer al Grupo D (Ahora C2).

c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Estar en posesión del título exigido, al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes o instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, deberán presentarse, conforme a las especificaciones de las referidas bases generales, en cuanto a forma, documentos que deben presentarse, plazo y lugar de presentación.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de dieciocho euros, y serán satisfechos por los aspirantes, mediante ingreso directo en la cuanta 2098002232010000003-7 de este Ayuntamiento, debiendo adjuntarse a la instancia, el resguardo acreditativo de su ingreso, o de su remisión por vía postal o telegráfica, donde se haga constar el nombre del/de la aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

4. Admisión de aspirantes.

En lo relativo a este apartado, se estará a lo dispuesto al efecto por la Base IV de las Generales a que se remiten las presentes.

5. Tribunal Calificador.

Por lo que respecta a su composición, abstención y recusación, categoría y percepción de asistencias, actuación y nombramiento, se estará a lo prevenido en la Base V, de las Generales.

6. Pruebas selectivas.

La selección se efectuará por el procedimiento de Concurso-Oposición, según las siguientes normas:

6.1. Fase de concurso.

La fase de Concurso, será previa a la Oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición:

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la Oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los/as aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación con una antelación de, al menos, 48 horas, a la realización del citado primer ejercicio.

La valoración inicial de méritos tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales o fehacientes, acreditativos de los méritos alegados.

Antes de la celebración de la última prueba de la fase de Oposición, los/as aspirantes que hubiesen superado los ejercicios anteriores presentarán, para su cotejo y compulsa, los originales de los documentos acreditativos de los méritos alegados que hubieran adjuntado, por fotocopia, a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de Concurso, confirmando, en caso de conformidad, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados o probados, según el procedimiento señalado en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.

6.1.1. Valoración de méritos: Se valorarán los méritos adecuados a las características del puesto al que se accede, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad de acuerdo con los siguientes criterios:

a) La valoración del trabajo desarrollado deberá cuantificarse según la naturaleza del puesto convocado, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel, conforme a la siguiente escala:

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque en el área sectorial al que pertenece la plaza en puestos del nivel inmediato inferior: 0,04 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el puesto al que se opta en el Ayuntamiento de Aljaraque, en el área al que pertenece la plaza: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque en un área sectorial ajeno al que pertenece la plaza en puesto del nivel inmediato inferior: 0,02 puntos.

- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Aljaraque, en un departamento diferente al que pertenece la plaza, pero de funciones similares, en puesto del nivel inmediato inferior: 0,03 puntos.

- Ambos apartados serán compatibles entre sí.

- Por cada mes de servicio prestado en otras Administraciones, en un puesto de funciones similares: 0,01 puntos.

b) Unicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento expresamente incluidos en la convocatoria, que deberán versar sobre materias directamente relacionadas con los puestos de trabajo, y siempre que el curso haya sido impartido u organizado por cualquier Administración Pública o una Entidad concertada con ésta.

Duración Curso recibido con aprovechamiento

Hasta 25 h. 0,25

De 26 a 50 h. 0,50

De 61 a 100 h. 0,75

De 101 a 200 h. 1

+ 200 h. 1,25

c) La antigüedad se valorará por años de servicio en el Excmo. Ayuntamiento de Aljaraque en atención a la siguiente escala:

- Por cada año de servicio en el Ayuntamiento de Aljaraque: 0,1 punto.

- El período superior a 6 meses se computará como 0,05 puntos. Y el inferior no se computará.

1. La puntuación máxima a otorgar en los apartados anteriores será de 5 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

- Por trabajos realizados el 50%.

- Por cursos el 25%.

- Por antigüedad el 25%.

2. En caso de empate en la puntuación final se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados anteriormente por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso en la Corporación, en el Cuerpo o Escala en el que se concursa y en su defecto al número obtenido en el proceso selectivo.

3. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente conjuntamente con la solicitud de participación.

6.2. Fase de Oposición.

La Oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y de carácter eliminatorio.

A) Primer ejercicio (teórico). Consistirá en la contestación de preguntas referidas a los epígrafes del temario anexo, a propuesta del Tribunal y durante el tiempo que este determine.

Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, para aprobar, un mínimo de 5 puntos.

B) Segundo ejercicio. Consistirá en resolver un supuesto práctico, propio del puesto objeto del proceso selectivo, a realizar en el tiempo que señale el Tribunal.

Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, para aprobar, un mínimo de 5 puntos.

Se establece la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyos conocimientos se hubieran acreditado suficientemente en la convocatoria de ingreso al Cuerpo o Escala de origen.

7. Comienzo y desarrollo de las pruebas.

Se actuará conforme a lo establecido en las Bases Generales de la Convocatoria, en lo que respecta a fecha de comienzo de plazos, normas varias, lectura de ejercicios escritos y publicidad de los resultados.

8. Presentación de documentos.

Se actuará conforme a lo establecido en la Base VIII, de las Generales que rigen para esta convocatoria.

El/la aspirante propuesto/a, dada su condición de funcionario/a o empleado/a laboral fijo del Ayuntamiento de Aljaraque, estará exento/a de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de esta Administración, acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su expediente personal.

9. Recursos.

Conforme a la Base XI de las Generales.

A N E X O

TEMARIO DE LAS PRUEBAS PARA CUBRIR, POR PROMOCION INTERNA, UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A, DE GESTION TRIBUTARIA Y CATASTRAL, DE LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE

I. Común

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Sucesión y Regencia. Las atribuciones del Rey. El Refrendo. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder judicial.

Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

Tema 5. La organización de la Administración Pública en el ordenamiento español. La Administración del Estado. La organización ministerial. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Tema 6. La constitución de las Comunidades Autónomas. Competencias. Estatuto de Autonomía: procedimiento de elaboración. Contenido y valor normativo. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 7. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

Tema 8. La provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación Provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Comisión de Gobierno. Comisiones Informativas.

Tema 9. El Municipio: su concepto y elementos. Organización municipal. Competencias. El Alcalde: elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 10. Otras Entidades Locales. Areas Metropolitanas. Mancomunidades Municipales. Agrupaciones Municipales. Entidades Locales Menores.

Tema 11. Relaciones entre Entes Territoriales. Autonomía municipal y tutela.

Tema 12. El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Tema 13. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Régimen jurídico. El procedimiento administrativo: su significado. Fases del procedimiento administrativo general: Iniciación, ordenación, instrucción, terminación y ejecución. Los recursos administrativos.

Tema 14. El administrado: Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Actos jurídicos del administrado. Peticiones y solicitudes. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. El interesado.

Tema 15. Las formas de la acción administrativa. El fomento y sus medios. La policía administrativa: sus medios y limitaciones. El servicio público. Modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 16. Los Reglamentos y Ordenanzas Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 17. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. comunicaciones y notificaciones.

Tema 18. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. Los bienes patrimoniales.

Tema 19. Los contratos administrativos locales: concepto, regulación y régimen jurídico. Elementos, Formas de selección de los contratistas. Incumplimiento de los contratos.

Tema 20. Intervención administrativa local en la actividad privada: concepto, principios y límites. Medios de Intervención. La licencia administrativa. Concepto y caracteres. Actividades sometidas a licencias. Procedimiento. Efectos. Casos particulares para licencias de actividades e industrias molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. El régimen urbanístico del suelo.

Tema 21. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana.

Tema 22. La función pública local y su organización. La Oferta Pública de Empleo y las relaciones de puestos de trabajo.

Tema 23. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. El derecho de sindicación. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La Seguridad Social de los funcionarios de Administración Local.

Tema 24. El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. Precedentes legislativos. Situación actual. Régimen Jurídico.

Tema 25. Haciendas Locales: clasificación de los ingresos. Ordenación de gastos y ordenación de pagos. Los presupuestos locales.

Tema 26. El registro y sus funciones. El archivo: sus funciones y servicios. Clases de archivo. El archivo de gestión. Criterios de ordenación de archivos. Aplicación de las nuevas tecnologías a la documentación del archivo.

Tema 27. Concepto de Informática. Desarrollo histórico de la Informática. Microinformática: elementos de un microordenador. Hardware y Software. Sistema operativo. Programas de aplicación. Lenguajes de programación.

Tema 28. Ofimática: concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Agenda electrónica. Hoja de cálculo. Los gráficos de oficina. El correo electrónico. Los sistemas de tratamiento de textos.

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