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De acuerdo con lo establecido en el art. 53.2 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el art. 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica se procede a someter a Información Pública la petición de declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica cuya relación de afectados se inserta al final de este anuncio, y cuyas características principales son las siguientes:
Peticionario: Sistemas Energéticos Altamira S.A.U.
Domicilio: Avenida San Francisco Javier, 15, 4.ª planta.
Finalidad: someter a información pública la petición de declaración en concreto de utilidad pública del parque eólico de generación de energía eléctrica: Parque Eólico "Altamira".
Características:
- 25 aerogeneradores G8X-1.3/2.0 MW sobre torres de acero de 67/78 m de altura accionados por turbinas de tres palas de paso variable, con diámetro de rotor 80-90 m, generador asíncrono de 2.000 kW de potencia nominal y tensión de generación 690 V. Cada aerogenerador está dotado de transformador de 2.100 kVA y relación 0,69/30 kV. El aerogenerador núm. 16 tendrá una limitación de potencia por parte del fabricante a 1,3 MW.
- Red eléctrica subterránea de 30 kV, con conductores tipo DHX1 12/30 kV de conexión de los centros de transformación de los aeroegeneradores con la futura subestación colectora del parque.
- Potencia total a instalar 49,3 MW.
Términos municipales afectados: Almargen y Teba.
Referencia expediente: CG-87.
Lo que se hace público para su conocimiento general, y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, para que, previa cita en el teléfono 902 113 000, pueda ser examinado el proyecto de ejecución y demás documentación en esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, sita en C/ Bodegueros núm. 21, en Málaga, y presentar, en su caso, las alegaciones, por duplicado, que estimen oportunas, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, así como formular las alegaciones procedentes.
Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que estimen precisos para la identificación de los bienes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 54/1997, la declaración, en concreto, de Utilidad Pública, lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Málaga, 6 de marzo de 2008.- La Delegada, María Gámez Gámez.
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