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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 1,21 euros
Kilómetro recorrido 0,60 euros
Hora de parada o espera 16,36 euros
Carrera mínima 3,06 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,49 euros
Kilómetro recorrido 0,78 euros
Hora de parada o espera 20,42 euros
Carrera mínima 3,82 euros
La Tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
a) Servicios realizados en días festivos, sábados y domingos, las 24 horas.
b) Servicios realizados en días laborables/nocturnos de 21,00 a 7,00 horas.
Suplementos
Maletas o bultos 0,45 euros
Recogida en estación 0,71 euros
Entrada en diques, Astilleros, espigones
de La Caleta y Punta de San Felipe,
Puerto de la Zona Franca, Muelle Pesquero
y Comercial 0,91 euros
Servicios Especiales
- 20% de incremento en la tarifa aplicable durante los Carnavales (las 24 horas de los dos sábados y los dos domingos, más 24 horas del primer lunes de resaca (fiesta local).
- 20% de incremento en la tarifa aplicable durante la Semana Santa (desde Jueves Santo a las 15,00 horas hasta el Sábado Santo a las 7,00 horas).
- 20% de incremento en la tarifa aplicable durante Navidad (24 de diciembre desde las 21,00 hasta el día 25 de diciembre a las 7,00 horas y 31 de diciembre desde las 21,00 hasta el día 1 de enero a las 7,00 horas).
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 12 de febrero de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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