Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 24/04/2008

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

RESOLUCION de 28 de marzo de 2008,de la Delegación Provincial de Sevilla, dictada en el procedimiento de desamparo núm. DPSE-353-2007-41-0095,sobre protección de menores, por la que seacuerda ratificar el desamparo e iniciar el acogimiento familiar preadoptivo de la menor R.C.R.

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Nombre y apellidos: Doña Dolores Romero Orellana y Francisco Cala Parrilla

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose los interesados en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a la menor afectada.

Con fecha 4 de marzo de 2008, la Delegada Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba señalado, dictó Resolución acordando:

1.º Ratificar la declaración de desamparo de la me-nor R. C. R., nacida el día 23 de enero de 2007. 2.º Mantener el Acogimiento residencial de la mencionada menor. 3.º Iniciar de Oficio el acogimiento familiar preadoptivo de la menor en familia ajena. 4.º Régimen de relaciones personales, se acordaría en interés del menor.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de po-der formular, con carácter potestativo, reclamación previa ante el Excmo. Sr. Consejero para la Igualdad y Bienestar Social, de conformidad con lo que establecen los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 49, apartado 4, de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario, estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 172.1 del Código Civil en relación con el mentado Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, notifíquese la presente Resolución a los padres de los menores que no se hallen privados de la Patria Potestad, a los tutores y guardadores, así como a los menores, según su grado de madurez, y en todo caso, si hubieran cumplido doce años de edad. Siempre que sea posible, en el momento de esta notificación, se les informará de forma presencial y de modo claro y comprensible de las causas que han dado lugar a la pre-sente Resolución, así como sus posibles efectos. Igualmente comuníquese al Ministerio Fiscal y al Director del Centro

o institución donde los menores vayan a ingresar.

Para conocimiento del contenido integro de la Resolución dictada, los interesados en paradero desconocido, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca núm. 3.

Sevilla, 28 de marzo de 2008.- La Delegada, María José Castro Nieto.

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