Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo número 829/2006, interpuesto por Eliosat Sevilla Servicio de Asistencia Técnica, S.L., siendo la actuación administrativa recurrida la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada de 5.5.06 contra Resolución de 11.4.06 que impone una sanción administrativa de multa por importe de 5.000 euros por infracción grave, por la inadecuada conservación y mantenimiento de Instalaciones de Gas, con riesgo para las personas, se ha dictado sentencia con fecha 13 de febrero de 2008, núm. 51/2008, por el Juzgado número Seis de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Eliosat Sevilla Servicio de Asistencia Técnica, S.L., contra resolución desestimatoria presunta del recurso de alzada interpuesto por la entidad actora contra la Resolución de fecha 11.4.2006, anulándola por no ser conforme con el ordenamiento jurídico, sin expresa condena en costas".
En virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 18 de mayo de 2004, de delegación de competencias (BOJA núm. 111, de 8 de junio de 2004) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de abril de 2008.- El Secretario General
Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
Descargar PDF