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La Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Córdoba, ha acordado ratificar la Declaración de Desamparo del menor A.A.T. mediante Resolución de fecha 27 de marzo de 2008.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente el mismo, podrá comparecer, en el plazo de 10 días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Sevilla, núm. 14, de Córdoba, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de ratificación de Desamparo, de fecha 27 de marzo de 2008 del menor A.A.T, expediente número 352-200800000508-1.
Contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba en el plazo de tres meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Como quiera que se ignore el domicilio actual de doña Petra Andonova Tsvetanova, madre del menor, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a la interesada.
Córdoba, 27 de marzo de 2008.- La Delegada, Silvia Cañero Horcas.
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