Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 08/05/2008

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades.

Resolución de 18 de abril de 2008, de la Universidad de Granada, por la que se anuncia la convocatoria de concurso interno de méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de administración y servicios en las Areas Funcionales AF1 (Servicios y Estructuras de Gestión y Administración), AF2 (Centros Académicos) y AF3 (Bibliotecas) y AF4 (Informática).

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Encontrándose vacantes en esta Universidad los puestos de trabajo de las áreas funcionales AF1, AF2, AF3 y AF4 que se acompañan como anexo I a esta Resolución, y siendo necesaria su provisión según lo previsto en la legislación general de funcionarios (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), en la legislación autonómica de desarrollo (Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía), en los Estatutos de la Universidad de Granada (aprobados por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía) y en el Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (Resolución de 25 de julio de 1997- BOJA núm. 116 de 4.10.97),

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en el artículo 158 de los Estatutos de la Universidad de Granada, ha dispuesto anunciar la convocatoria de provisión de los puestos relacionados en el anexo I, por el procedimiento de concurso interno de méritos, con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Requisitos y condiciones de participación.

1.1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Granada que reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, publicada por Resolución de 3 de diciembre de 2004 (BOJA núm. 4 de 7.1.2005) y que se encuentren en la situación de servicio activo o en las situaciones de servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, declaradas por el órgano competente de la Universidad de Granada.

1.2. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si al término de presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

1.3. a) Están obligados a participar, los funcionarios de la Universidad de Granada que, cumpliendo los requisitos necesarios, ocupen provisionalmente uno de los puestos convocados y no sean titulares de otro puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente.

b) Los funcionarios de otras administraciones que ocupen, en comisión de servicios, un puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente estarán obligados a participar en el concurso cuando haya transcurrido más de un año desde su incorporación, tomando como fecha de referencia el último día del plazo de presentación de solicitudes.

c) Los funcionarios de otras administraciones que ocupen, en comisión de servicios, un puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente no podrán concursar hasta que no haya transcurrido un año desde su incorporación, tomando como fecha de referencia el último día del plazo de presentación de solicitudes.

1.4. Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud son los que aparecen relacionados en el Anexo I de esta convocatoria.

1.5. De acuerdo con lo dispuesto en el baremo que se recoge en el apartado 2 de las presentes bases, se cubrirán mediante concurso de méritos específico los puestos de trabajo convocados cuyo nivel de intervalo sea 2 ó 3. Los puestos de trabajo de intervalo 4, 5 y 6 se cubrirán mediante concurso de méritos general, y su valoración se realizará conforme a la Parte General del Baremo recogido en la base 2.1.

1.6. Para poder participar en el concurso de los puestos de trabajo que en el Anexo I se indica que tienen como requisito exigido para su desempeño "Conocimiento Idiomas" (columna de observaciones) será necesario haber acreditado dichos conocimientos en el idioma Inglés mediante la superación de la correspondiente prueba de aptitud realizada al efecto.

1.7. Se entenderán acreditados los conocimientos a los que se refieren los apartados anteriores (Conocimientos de Idiomas) si se obtuvo la calificación de apto en las pruebas realizadas en desarrollo de concursos anteriores. O en las que se celebraran previamente a la resolución del presente concurso, siempre que haya concursantes que lo soliciten.

2. Méritos.

2.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas de los puestos de intervalo 4, 5 y 6 se ajustará al baremo que se recoge a continuación, aprobado por Consejo de Gobierno en su sesión de 9 de mayo de 2005 (BOJA núm. 111 de 9.6.05).

Parte general (máximo 79 puntos)

1.º Méritos de carácter personal (hasta un máximo de 41 puntos).

1.1. Grado consolidado: Máximo 12 puntos.

30: 12 puntos.

29 y 28: 11 puntos.

27 y 26: 10 puntos.

25 y 24: 9 puntos.

23 y 22: 8 puntos.

21 y 20: 7 puntos.

19 y 18: 6 puntos.

17 y 16: 5 puntos.

15 o menor: 4 puntos.

1.2. Pertenencia a Cuerpo o Escala: Máximo 8 puntos.

Se valorará la pertenencia al Cuerpo o Escala en función del grupo sólo para los concursos a puestos con doble grupo de adscripción y de acuerdo con la siguiente puntuación:

Grupo Superior: 8 puntos.

Grupo Inferior: 4,25 puntos.

1.3. Antigüedad: Máximo 12 puntos.

0,50 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente le corresponda, de servicios prestados en la Universidad de Granada.

0,25 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente le corresponda, de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

1.4. Titulación: Máximo 9 puntos.

Licenciado: 8 puntos.

Diplomado: 6 puntos.

Bachiller o equivalente: 3 puntos.

G. Escolar o equivalente: 1 punto.

Se otorgará 1 punto adicional en los casos en que exista una doble titulación reglada o la posesión del grado de doctor.

No se valorarán como méritos títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las reconocidas por el M.º de Educación y Ciencia con carácter general válidas a todos los efectos.

2.° Méritos de carácter profesional (hasta un máximo de 38 puntos).

2.1. Cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo al que se aspira: Máximo 15 puntos.

Se valorarán los cursos organizados por el INAP, INAPE, IAAP, Universidad de Granada y otros Organismos oficiales de Formación. Para ello deberá aportarse por los interesados, además de la correspondiente certificación, documentación que acredite los siguientes extremos: Número de horas, asistencia o en su caso aprovechamiento.

Se valorará a razón de 0,03 puntos por hora de formación.

Título de Experto: 1,50 puntos.

Master: 3 puntos.

Con la excepción de los títulos de Experto y Master la puntuación de los cursos se incrementará en el 100% de su valor, si se acreditara no sólo la asistencia sino la aptitud o aprovechamiento.

Exclusivamente para el Personal funcionario de Bibliotecas y de Informática, se valorarán aquellos otros cursos organizados por Colegios, Asociaciones y Sociedades profesionales relacionadas con estas áreas.

La Comisión deberá inexcusablemente hacer público junto con el resultado del concurso, la relación de cursos y puntuaciones asignadas a cada uno de ellos.

2.2. Valoración del trabajo desarrollado. Máximo 19 puntos.

La Comisión valorará el trabajo desarrollado y rendimiento apreciado en los candidatos en los distintos puestos de trabajo, según los siguientes criterios:

- Hasta un máximo de 5 puntos, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel.

30 y 29: 0,50 puntos por año o fracción mensual.

28 y 27: 0,45 puntos por año o fracción mensual.

26 y 25: 0,40 puntos por año o fracción mensual.

24 y 23: 0,35 puntos por año o fracción mensual.

22 y 21: 0,30 puntos por año o fracción mensual.

20 y 19: 0,25 puntos por año o fracción mensual.

18 y 17: 0,20 puntos por año o fracción mensual.

16 y 15: 0,15 puntos por año o fracción mensual.

14 y 13: 0,10 puntos por año o fracción mensual.

12 o menor 0,05 puntos por año o fracción mensual.

- Hasta un máximo de 10 puntos, teniendo en cuenta la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo y la similitud/analogía entre su contenido técnico y el de aquéllos a los que aspira.

A estos efectos se establecen las siguientes Areas de similitud/analogía constituidas por las Unidades que se especifican a continuación:

Areas de similitud/ analogía a efectos de concursos:

Area 1: Servicios y Estructuras de Gestión y Administración (AF1).

Area 2: Centros Académicos (AF2).

Area 3: Bibliotecas (AF3).

Area 4: Informática (AF4)

La valoración de la experiencia en este apartado se realizará asignando:

a) 0,75 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño del mismo puesto al que se aspira dentro de la misma Unidad.

b) 0,60 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño de distinto puesto al que se aspira, dentro de la misma Unidad.

c) 0,40 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño de puestos de trabajo en diferentes Unidades dentro del mismo Area.

d) 0,30 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño de puestos de trabajo en distintas Areas.

- Con carácter excepcional, y previos los informes que, en su caso, se estimen oportunos, la Comisión podrá asignar hasta un máximo de 4 puntos, en atención a las aptitudes y rendimientos apreciados a los aspirantes en los puestos anteriormente desempeñados.

2.3. Otros méritos: Hasta un máximo de 4 puntos.

La Comisión podrá valorar otros méritos (otras titulaciones académicas, experiencia acreditada en otros trabajos de la Administración Pública o empresa privada relacionada con la plaza a que se aspira, publicaciones, comunicaciones, ponencias, becas, ayudas y premios recibidos, cursos impartidos, etc.) que se aporten por los aspirantes y que no estén incluidos en los distintos apartados del presente baremo.

Parte específica (máximo 21 puntos).

La parte específica será de aplicación a todos aquellos puestos de trabajo convocados cuyo nivel de intervalo sea 2 ó 3.

Para poder acceder al puesto de trabajo solicitado, el candidato deberá obtener en la parte específica una puntuación mínima de 8 puntos.

1.1. Memoria: Máximo 9 puntos.

Los candidatos/as elaborarán y presentarán, por quintuplicado, una Memoria, con una extensión máxima de 20 páginas, según formato que se acompaña como Anexo Ill, que consistirá en una descripción de las medidas que se proponen para desarrollar la función a ejecutar descrita en el Acuerdo de Homologación del Personal de Administración y Servicios de la Universidades Públicas Andaluzas, teniendo en cuenta la competencia relacionada asignada a dicho puesto.

1.2. Entrevista y defensa de la Memoria: Máximo 12 puntos.

La Comisión entrevistará a los candidatos/as sobre el contenido de la memoria y de otros aspectos relacionados con el puesto de trabajo que se solicita.

3. Solicitudes.

3.1. Los interesados dirigirán sus solicitudes al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Granada, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria, y se presentarán en el Registro General de la Universidad de Granada o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo Anexo II, que se recogerá en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, en la que se relacionarán los puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia.

3.3. Los requisitos a que hace referencia la base 1 y los méritos deberán ser acreditados mediante los documentos justificativos correspondientes.

3.4. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que se aleguen será el día en que analice el plazo de presentación de instancias.

3.6. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, no admitiéndose ni alteraciones ni modificaciones en las mismas.

3.7. La lista de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de Administración y Servicios, concediéndose un plazo de cinco días naturales para posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.

4. Comisión de Valoración.

4.1. Los méritos serán valorados por las Comisiones, que a continuación se detallan:

Areas Funcionales AF1 y AF2:

Miembros titulares:

Presidente: Don Marciano Almohalla Gallego.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Félix Raya Muñoz (Secretario) y don Apolonio Carabaño Jiménez.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las Organizaciones Sindicales: Don Juan B. Espínola Lozano y don Luis Gerardo Fernández Martínez.

Miembros suplentes:

Presidente: Don José Sánchez Rodrigo.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Juan Antonio Barros Jódar y don Antonio Martin Alonso.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las Organizaciones Sindicales: Doña Mercedes Delgado Muñoz y doña Mercedes López Roldán.

Area Funcional AF3:

Miembros titulares:

Presidente: Doña María José Ariza Rubio.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Antonio Fernández Porcel (secretario) y Doña María Dolores Aguaza Salvador.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las Organizaciones Sindicales: Doña Cristina Peregrín Pardo y doña Isabel Fajardo Gómez.

Miembros suplentes:

Presidente: Don José Luis Sánchez-Lafuente Valencia.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Juan José Sánchez Guerrero y doña Edelmira Suárez del Toro Rivero.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las Organizaciones Sindicales: Don Angel Ocón Pérez de Obanos y don José Antonio Cerezo Díaz.

Area Funcional AF4:

Miembros titulares:

Presidente: Don Juan Manuel Martos Moya.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don José Ruiz González (secretario) y don Antonio Correa Ramón.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las Organizaciones Sindicales: Don Juan B. Espínola Lozano y don José Antonio Cerezo Díaz.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Antonio Muñoz Ropa.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Javier González Sarmiento y don José Antonio Ayala Ayala.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las Organizaciones Sindicales: Doña Felisa Alvarez Rosales y doña Mercedes López Roldán.

4.2. Las Comisiones podrán solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

4.3. Corresponde a cada Comisión de Valoración interpretar y aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de adjudicación de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.

5. Resoludón del concurso y tomas de posesión.

5.1. Resuelto el concurso, la Comisión de Valoración expondrá en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de Administración y Servicios de Administración y Servicios el resultado con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes a la misma, abriéndose un plazo de tres días para que los interesados puedan reclamar ante dicha Comisión para la corrección de errores materiales o de hecho.

5.2. El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en los méritos, según el siguiente orden de prioridad: el grado personal, la valoración del trabajo desempeñado, los cursos de formación y perfeccionamiento y la antigüedad. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

5.3. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la resolución del concurso pondrá fin al procedimiento y figurarán los datos del funcionario y del puesto adjudicado; la publicación servirá de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos.

5.4. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde la fecha de concesión de dicho reingreso.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.

5.5. Excepcionalmente, la Gerencia de la Universidad de Granada, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, podrá aplazar la fecha de incorporación del funcionario al nuevo puesto de trabajo, como máximo tres meses.

5.6. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

6. Norma final.

6.1. La interpretación de las presentes bases y la resolución de las incidencias que se planteen en ocasión de la aplicación de las mismas corresponderá a la Comisión de Valoración.

6.2 Para la valoración de la experiencia profesional a la que se refiere el apartado 2.2. del Baremo, el tiempo de desempeño en los puestos del área: Previsión de Nuevas Necesidades, adscritos a la Unidad Orgánica de Gerencia, se considerarán prestado en el área funcional de la Unidad de Destino a la que hayan sido adscritos los mismos, y en puestos de la plantilla tipo de igual denominación y nivel de intervalo.

6.3. De igual forma, cuando sea necesario para la valoración de los distintos méritos a que hace referencia el Baremo, establecer equivalencias entre puestos de la anterior Relación de Puestos de Trabajo y la actualmente vigente, la Comisión de Valoración establecerá las mismas en base a lo dispuesto en la Resolución de la Gerencia de la Universidad de Granada de fecha 1 de junio de 2005 por la que se hace pública la Tabla de Equivalencias.

6.4. La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre de 1992), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero de 1999).

Granada, 18 de abril de 2008.- El Rector, Francisco González Lodeiro.

ANEXO III

Formato para la presentación de la Memoria:

- Tipo de letra: Times New Roman (10).

- Interlineado: Sencillo.

- Margen superior: 2,5 cm.

- Margen inferior: 2,5 cm.

- Margen izquierdo: 3 cm.

- Margen derecho: 3 cm.

- Encuadernación: 0 cm.

- Posición del margen interno: Izquierda.

- Orientación vertical.

- Tamaño de papel: Ancho 21 cm/Alto: 29,7 (formato A4).

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