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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a don Alfonso Basile, en nombre y representación de Construcciones Euronuba 2002, S.L., de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
"En la ciudad de Sevilla, a veincuatro de marzo de dos mil ocho.
Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES
Primero. El día 8 de marzo de 2006 se dictó resolución por la que se impuso a la entidad
Euronuba 2002, S.L.
una sanción consistente en multa por importe de catorce mil doscientos euros (14.200
), por dos infracciones leves y una grave tipificadas en el artículo 71.2.1.ª y 71.6.2.ª, respectivamente, de la Ley 13 /2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
Segundo. Notificada la anterior Resolución, la interesada interpuso en tiempo y forma recurso de alzada, en el que reproduce las mismas alegaciones que las realizadas durante la tramitación del procedimiento sancionador.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación de la Consejera realizada por la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y artículo 26.2.j) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.
Segundo. Las alegaciones contenidas en el recurso de la alzada son reproducción de las ya planteadas en el curso del procedimiento y fueron perfectamente rebatidas en la propuesta de Resolución y en la resolución sancionadora, notificadas legalmente a la recurrente. La línea jurisprudencial mantenida por el Tribunal Supremo, referida a la vía jurisdiccional (recurso contencioso-administrativo), sería plenamente aplicable en esta fase en supuestos como el presente, en los que por parte de la instrucción del expediente se da una exhaustiva respuesta a cada una de aquéllas.
De ahí que, estudiadas nuevamente las mismas, ratificamos y hacemos nuestras las argumentaciones reflejadas tanto en la propuesta como en la resolución, las cuales, en aras al principio de economía procesal y para evitar innecesarias repeticiones al ser conocidas por la interesada, no duplicamos nuevamente.
Vistos los preceptos citados y demás normas de general y especial aplicación, resuelvo desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Alfonso Basile, en nombre y representación de la entidad mercantil
Construcciones Euronuba 2002, S.L.
, contra la Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva de fecha 8 de marzo de 2007, recaída en el expediente sancionador número H-0018/07, y confirmar la misma.
Notifíquese a la interesada, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico (Por Decreto 199/2004). El Director General de Espectáculos Públicos y Juego. Fdo.: José Antonio Soriano Cabrera."
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminstrativa.
Sevilla, 25 de abril de 2008.- El Jefe de Servicio de
Legislación, Manuel Núñez Gómez.
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