Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 20/5/2008

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Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 5 de mayo de 2008, de la Dirección Provincial de Sevilla de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se abre el periodo de Información Pública para el proyecto "Mejora en la Edar y Canal de Desague de la Lantejuela (Sevilla)", Clave A5.341.1039/2111

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Se somete a Información Pública el proyecto de "Mejora en La Edar y Canal de Desague de La Lantejuela (Sevilla)", Clave: A5.341.1039/2111, cuyas obras se desarrollarán en el término municipal de La Lantejuela, a los efectos siguientes:

1. Interés general para su publicación y general conocimiento.

2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3. Tramitación medioambiental según Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. Tramitación de la autorización del Organismo de Cuenca competente para ejecución de las obras en Dominio Público Hidráulico, conforme al artículo 52.2 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Decreto 849/1986, de 11 de abril (BOE del 30).

NOTA EXTRACTO

1. Objeto del proyecto.

El municipio de la Lantejuela dispone de Planta Depuradora, que cuenta con un sistema de depuración por lagunaje. Las instalaciones de la EDAR se encuentan en general en buen estado, y únicamente presentan actualmente un problema de acumulación de sedimentos en las lagunas anaerobias. Respecto al canal de desague, está aterrado en casi toda longitud y con gran presencia de masa vegetal en su tramo final, lo que dificulta la evacuación de las aguas efluentes de la depuración, con los problemas que ello origina. Así pues, el objeto del proyecto es definir las actuaciones necesarias de mejoras en la EDAR y en el canal de desague.

2. Descripción de las obras.

Las obras proyectadas, que afectan a la EDAR y al canal de desague, se resumen a continuación:

Edar: Se proyecta la limpieza y retirada de sedimentos acumulados en las lagunas anaerobias y su transporte a vertedero autorizado. Se considera un grado de colmatación del 50%, lo que genera un volumen total a extraer de 1.409 m3 para las dos lagunas.

Canal de desague: Se proyecta la limpieza y cajeado en toda su longitud, diferenciando un primer tramo de 155 m., un segundo tramo de 985 m. de longitud y la obra bajo el carril existente al final del primer tramo, donde se realizan distintas actuacines:

- Tramo 1. Excavación con perfilado posterior del cauce y disposición de revestimiento de hormigón armado hasta media altura del cauce, formando un canal de aguas mínmas que permita una fácil evacuación de los caudales producidos. La sección proyectada es trapezoidal, con 1,50 m. de ancho en la base y 1,50 m. En cada cajero, con un talud 1,75:1.

- Tramo 2. Excavación, sin desbroce previo, hasta el paso bajo la carretera y, a partir de este punto, excavación con desbroce previo por medios mecánicos debido a la presencia de una vegetación más frondosa. A continuación se procede al perfilado de los cajeros y el fondo de cauce.

- Obra de cruce barro carril existente. Demolición y posterior reconstrucción mediante tuvo de hormigón armado de 1.200 mm. de diámetro y 5 m. de longitud, incluyendo obras de transición de entrada y salidad en hormigón armado, sobre el que se construye terraplén de zahorra artificial de 1,10 m. de altura para reponer el camino existente, con una anchura de 3.00 m. en coronación.

3. Propietarios afectados.

TERMINO MUNICIPAL DE FUENTES DE ANDALUCIA

Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la última de las publicaciones que se efectúen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, para que los interesados puedan presentar reclamaciones y alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, a través de los registros y oficinas regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía, o ante la Directora Provincial de la Agencia Andaluza del Agua de Sevilla, en cuyas oficinas y durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado proyecto, a disposición de los que deseen examinarlo.

En el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radiquen los bienes objeto de expropiación, se fijará una copia de la relación de los bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en el artículo 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes del Reglamento para su aplicación.

Sevilla, 5 de mayo de 2008.- La Directora, Pilar Pérez Martín.

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