Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de noviembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Granada, dimanante de Autos núm. 610/2007. (PD. 4389/2008).

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NI.: 1808742C20070010500.

Procedimiento: Juicio Cambiario 610/2007. Negociado: ML.

Sobre: Requerimiento de pago.

De: Banco Popular Español, S.A.

Procurador: Sr. Juan Manuel Luque Sánchez.

Letrado: Sr. Andrés Fernández Morlanes.

Contra: UMI Granada, S.L. y Aplicaciones Móviles Empresariales y Nuevas Actividades, S.L. (en la persona de su representante legal don Jorge López Gallegos).

Procuradora: Sra. María José Carmona Martín.

Letrado: Sr. Jaime Vilella González.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Cambiario 610/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Granada a instancia de Banco Popular Español, S.A. contra UMI Granada, S.L. y Aplicaciones Móviles Empresariales y Nuevas Actividades, S.L. (en la persona de su representante legal don Jorge López Gallegos), sobre requerimiento de pago, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 145

En Granada, a nueve de Septiembre de dos mil ocho.

Vistos y examinados los presentes Autos núm. 610/07, de oposición a Juicio Cambiario por don Vicente Tovar Sabio, Magistrado-Juez del Juzgado de la Instancia Núm. Dos de Granada y su partido judicial; seguidos a instancia de la mercantil UMI Granada, representada por la Procuradora doña M.ª José Carmona Martín, y asistido por el Letrado Sr. Vilella González; contra la mercantil Banco Popular Español, S.A, representada por el Procurador don Juan Manuel Luque Sánchez, y asistida por el Letrado Sr. Fernández Morlanés.

fallo

Que desestimando la oposición planteada en representación de UMI Granada, S.L, debía despachar ejecución contra los bienes de la misma y de Aplicaciones Móviles Empresariales y Nuevas Actividades, S.L., hasta hacer completo pago al Banco Popular Español, S.A., de la cantidad de veintitrés mil doscientos treinta y cinco euros de principal (23.235 €) más 6.900 euros, presupuestados para costas e intereses; todo ello con imposición al demandado-oponente de las costas de este proceso.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución, cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Granada, preparándose ante este Juzgado en el plazo de cinco días.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva se notificación en forma a los demandados Aplicaciones Móviles Empresariales y Nuevas Actividades, S.L. (en la persona de su representante legal don Jorge López Gallegos), extiendo y firmo la presente en Granada a veintiocho de noviembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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