Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 29/05/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Diputaciones

Anuncio de 8 de abril de 2009, de la Diputación Provincial de Jaén, de bases para la provisión de una plaza del Grupo A, Subgrupo 1, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, denominación Técnica/o Superior Licenciada/o en Geografía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Por Resolución Presidencial núm. 1.051, de 13 de marzo de 2009, se ha aprobado las siguientes

bases para la provisión de una plaza de Funcionaria/o de Carrera, pertenecientes al Grupo A, Subgrupo 1, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera, apartado 2, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, que regula el Estatuto Básico del Empleado Público (BOE DEL día 13 de abril), Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, denominación Técnica/o Superior Licenciada/o en Geografía mediante Concurso-Oposición Libre

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante Concurso-Oposición Libre de una plaza de funcionaria/o de carrera, pertenecientes al Grupo A, Subgrupo 1, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera, apartado 2, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, que regula el Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 13 de abril), Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, denominación Técnica/o Superior Licenciada/o en Geografía, vacante en la plantilla de Funcionarios de la Diputación Provincial de Jaén y de sus Organismos Autónomos, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2009.

Segunda. Requisitos que han de reunir las/los aspirantes.

Para tomar parte en la Convocatoria serán requisitos imprescindibles:

a) Ser español/la o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea así como los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del titulo de Licenciada/o en Geografía o equivalente o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial y se efectuarán en el modelo anexo incluido en las presentes bases, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad igual o superior al 33% y necesitasen adaptación de tiempos y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando certificación o información adicional expedido por la Administración Pública competente, a fin de que el Tribunal pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en el RD 2271/2.004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

Se deberán adjuntar, fotocopias de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d y e) que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartado a), b) y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal calificador tuviera conocimiento de que alguna o algún candidata/o no reúne algún requisito de los exigidos en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

A las instancias deberán acompañarse los originales o fotocopias, compulsadas por la Administración Pública, de las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por las/los interesadas/os conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias. Tampoco serán valorados los que no sean documentos originales, o en su caso, las fotocopias no compulsadas.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.

Quinta. Derechos de examen y exenciones.

Las/los aspirantes deberán ingresar la cuantía de 18,03 euros en la cuenta número 2092 0010 191100000013 abierta a nombre de la Diputación Provincial de Jaén en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén.

Estarán exentas/os del pago de tasa de examen las/los discapacitadas/os con discapacidad igual o superior al 33%, la cual habrá de acreditarse expresamente mediante certificación de la Administración competente, sin la cual, se desestimará la alegación efectuada debiendo abonar los derechos de examen.

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de las/los interesadas/os, exclusivamente en los supuestos previstos en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa.

En el documento de ingreso se consignará el nombre de la/del interesada/o y la denominación de la plaza a la que se opta.

Una copia original del justificante de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia.

Sexta. Lista de admitidas/os y excluidas/os.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidas/os y excluidas/os, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concederá a las/los aspirantes excluidos. Solamente serán subsanables aquellos requisitos que lo sean por su propia naturaleza.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos.

Asimismo el Ilmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima. Procedimiento de selección de las/os aspirantes.

La selección constará de dos fases: una de Concurso y otra de Oposición. La fase de Concurso será previa a la de Oposición. Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

1. Fase de Concurso

A) Méritos Profesionales:

Servicios prestados:

- Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local en plaza o puesto de Técnica/o Superior Licenciada/o en Geografía, 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Técnica/o Superior Licenciada/o en Geografía, 0,050 puntos.

Puntuación máxima por este apartado 10 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

B) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales con representación en la Corporación Provincial.

- Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días, 0,30 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,40 puntos.

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,60 puntos.

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,80 puntos.

De 101 a 200 horas o de duración de 21 a 40 días: 1,00 punto.

De más de 200 horas o más de 40 días: 2,00 puntos.

- Por la participación como Director, Coordinador o Ponente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,50 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,60 puntos.

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,80 puntos.

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 1,00 punto.

De 101 a 200 horas o de duración de 21 a 40 días: 2,00 puntos.

De más de 200 horas o más de 40 días: 3,00 puntos.

Los Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas y dirección, coordinación o ponencia en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refieren las anteriores escalas.

Puntuación máxima por este apartado 4 puntos.

C) Ejercicios superados en Régimen Local:

Por cada ejercicio de régimen local superado 0,50 puntos.

Puntuación máxima por este apartado 1 punto.

Justificación de los méritos alegados.

A) Experiencia Profesional.

Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados, el grupo de titulación y que las funciones desarrolladas han sido de Técnica/o Superior Licenciada/o en Geografía.

B) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

2. Fase de Oposición.

Consistirá en la realización de una prueba que constará de dos ejercicios, uno práctico y otro teórico.

A) Ejercicio Práctico: Consistirá en la realización de un supuesto práctico a elegir por la/el aspirante, entre dos propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Especificas del Programa y las funciones encomendadas a la plaza a la que se opta. El tiempo máximo de realización del ejercicio será de una hora.

Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados las/los que no alcancen un mínimo de 10 puntos.

Cuando el Tribunal acuerde que la lectura de los ejercicios se efectúe por las/los propias/os aspirantes, dicha lectura será pública y la no comparecencia de la/del aspirante se entenderá que desiste de la convocatoria, determinando la eliminación de la misma.

B) Ejercicio Teórico: Consistirá en la realización de una batería de preguntas tipo test sobre Materias Comunes del Programa, el tiempo de duración será determinado por el Tribunal. Será valorado hasta un máximo de 10 puntos siendo eliminados las/los que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal pondrá en conocimiento de las/los aspirantes el sistema de corrección, antes de la realización de las pruebas.

Octava. Desarrollo de los ejercicios.

En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidas/os y excluidas/os se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por las/los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el Tablón de Edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubiere celebrado el anterior ejercicio. Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá transcurrir un mínimo de 72 horas. La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a las/los aspirantes para que acrediten su personalidad.

Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición las/los opositoras/res podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.

Las/los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas/os quienes no comparezcan.

Novena. Tribunal Calificador.

Presidente: Una/un funcionaria/o de Carrera designado por el Ilmo. Sr. Presidente.

Vocales:

- Dos funcionarias/os de Carrera, designadas/os por el Ilmo. Sr. Presidente.

- Un funcionario de Carrera de la Comunidad Autónoma Andaluza, experto en la materia designado por el Ilmo. Sr. Presidente.

Secretario: Funcionaria/o de Carrera del Área de Organización, Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías de la Diputación Provincial designada/o por el Ilmo. Sr. Presidente, con voz y voto.

La designación de las/los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivas/os suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad mas uno de las/los miembros, titulares o suplentes, indistintamente. De no asistir la/el Presidenta/e será sustituido por la/el miembro del Tribunal de mayor edad, sin contar a la/el Secretaria/o, y/o de no comparecer la/el Secretaria/o por la/el de menor edad. Las/los vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores/ras especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Las/los asesores/ras colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, actuando por tanto con voz pero sin voto.

Las/los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. Relación de aprobadas/os, presentación de documentación y nombramiento de funcionaria/o.

La lista de los méritos de cada opositor, así como las puntuaciones en cada ejercicio se publicarán en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

Terminada la valoración de los méritos y calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre de la/del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de Concurso y Oposición, que se elevará al Ilmo. Sr. Presidente para que proceda al nombramiento de funcionaria/o de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación, según el siguiente orden:

1.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

2.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

3.º Cualquier otra situación, será resuelta por el Tribunal.

La/el aspirante propuesta/o presentarán en el Área de Organización, Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías de la Diputación Provincial, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, la/el aspirante propuesta/o no presentase la documentación, no podrá ser nombrada/o funcionaria/o de carrera y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir.

La/el aspirante seleccionada/o deberá someterse, previamente a la obtención de la condición de funcionaria/o, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que la/el misma/o no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuesta/o.

Quien tuviera la condición de funcionaria/o pública/o estará exenta/o de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, salvo el de reconocimiento médico previo, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Decimoprimera. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Base Final. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, podrán ser impugnados por las/los interesadas/os, en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

Jaén, 8 de abril de 2009.- El Diputado-Delegado de Organización, Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías, José Luis Hidalgo García.

ANEXO

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes.

5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial al interesado. Colaboración y Participación de los ciudadanos en la Administración.

6. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez.

7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

10. Régimen Local español: Evolución histórica. Principios constitucionales y regulación jurídica.

11. Organización y competencias municipales y provinciales.

12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El Servicio Público Local: concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatorias, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de las Entidades Locales. La función pública: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales: elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.

19. Conceptos Generales: Genero, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación directa e indirecta, discriminación salarial, Acoso por sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre hombres y mujeres: Igualdad de derechos, de trato y oportunidades. Normativa sobre igualdad de genero a nivel Estatal y Autonómico.

20. Transversalidad de genero. Concepto de Mainstreaming: Enfoque integrado de género en las Políticas Públicas. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia hacia las mujeres. Prevención y Protección Integral.

MATERIAS ESPECÍFICAS

1. La situación geográfica de Jaén. Implicaciones biogeográficas, geopolíticas y socioeconómicas. Su significado en el contexto de Andalucía y la Península Ibérica.

2. El papel de la provincia de Jaén en Andalucía, en la región mediterránea y en escenario del sur de Europa.

3. Las unidades del relieve en la provincia de Jaén.

4. El clima de la provincia de Jaén. Potencialidades y limitaciones para el desarrollo provincial.

5. Los suelos de la provincia de Jaén. Capacidad de uso y aptitudes de los suelos.

6. El agua en la provincia de Jaén. Distribución espacial de los recursos superficiales y subterráneos. Los recursos hídricos.

7. Los recursos bióticos de la provincia de Jaén. Conjuntos biogeográficos de la provincia.

8. Unidades ambientales de la provincia de Jaén.

9. Los recursos naturales. Su función económica y social en la provincia de Jaén.

10. Los paisajes de Jaén y su transformación.

11. Red de espacios naturales protegidos en la provincia de Jaén.

12. La población y poblamiento en la provincia de Jaén. Tendencias recientes. La población como recurso

13. La estructura económica de la provincia de Jaén: sectores agrario, industrial y servicios.

14. Evolución reciente y situación actual del olivar en la provincia de Jaén.

15. El impacto ambiental producido en el cultivo del olivar y en la elaboración de aceite de oliva.

16. Promoción del aceite de oliva. El caso de Jaén.

17. Las zonas de montaña de la provincia de Jaén. Poblamiento y sistemas agrarios.

18. El sector agroalimentario ecológico en la provincia de Jaén.

19. Otras actividades agrícolas y ganaderas.

20. Los espacios forestales en la provincia de Jaén.

21. El sector industrial en la provincia de Jaén.

22. Las energías alternativas y la eficiencia energética. AGENER.

23. Las Pymes y micropymes como motor de la economía provincial.

24. Potencialidades e incidencia de las políticas de desarrollo rural en la provincia de Jaén. Programas PRODER y LEADER.

25. La problemática medioambiental en la provincia de Jaén.

26. Desarrollo sostenible y compromiso ciudadano. El Programa Agenda 21 de la provincia de Jaén.

27. Municipios sostenibles. Consejos Municipales de Sostenibilidad.

28. Medio ambiente urbano. La calidad ambiental en la ciudad. Problemática ambiental de las ciudades de Jaén.

29. Sistema de indicadores de calidad ambiental a escala municipal.

30. Acciones locales para la defensa de la biodiversidad. Participación en la conservación del acervo genético local como recurso para el desarrollo sostenible.

31. La educación ambiental como recurso para la dinamización de las entidades locales.

32. Medidas para el control del cambio climático. Políticas activas de ámbito municipal.

33. El sector turístico en la provincia de Jaén. Caracterización del sector.

34. La provincia de Jaén como destino turístico. La marca «Jaén, paraíso interior». Desarrollo y evolución. Jaén, destino con denominación de origen.

35. Promoción y comercialización de actividades turísticas en la provincia de Jaén. Acciones y soportes.

36. Los Planes Turísticos desarrollados en la provincia de Jaén.

37. La reactivación de destinos turísticos. Productos turísticos y posicionamiento de la provincia de Jaén. Calidad y excelencia turística.

38. El turismo activo en la provincia de Jaén.

39. Potencialidades para el agroturismo en la provincia de Jaén.

40. Criterios para el diseño y elaboración de rutas turísticas.

41. Portales webs de promoción turística. Webs 2.0. Servicios turísticos on line y off line.

42. La política de desarrollo regional en la U.E. Su aplicación local.

43. Principales iniciativas comunitarias en el ámbito de desarrollo rural, urbano y cooperación interregional. Iniciativas comunitarias periodo 2007-2013.

44. Efectos positivos de los programas de iniciativas comunitarias de anteriores Marcos Comunitarios, en la provincia de Jaén.

45. La experiencia del Área de Turismo, Desarrollo Local y Sostenibilidad de la Diputación de Jaén en gestión de iniciativas comunitarias.

46. Incidencia del Plan Estratégico de la provincia de Jaén 2000-2006 en la realidad local y provincial.

47. El Plan Activa Jaén.

48. La promoción territorial de la provincia de Jaén. Escenario de oportunidades.

49. El contexto del desarrollo local: cambios en la organización territorial, en las actividades económicas y en los nichos productivos. Financiación del desarrollo local.

50. La experiencia en Desarrollo Local de la Diputación Provincial de Jaén.

51. Legislación ambiental en Andalucía. Documentos normativos básicos.

52. Legislación urbanística de aplicación a escala local.

53. Potencialidades y nuevas actividades en el medio rural y natural de la provincia.

54. El sistema de ciudades de la provincia de Jaén.

55. Los entidades supramunicipales no formales como espacios funcionales y de toma de decisiones.

56. Sistemas productivos locales de la provincia de Jaén.

57. El patrimonio histórico y cultural como recurso para el desarrollo local.

58. La cultura del aceite. Valorización y consideración patrimonial.

59. El patrimonio industrial y minero de la provincia de Jaén.

60. El Plan Jaén Accesible.

61. Efectos de las políticas regionales de ordenación del territorio sobre la provincia de Jaén.

62. Metodología de análisis, interpretación y tratamiento del paisaje. El paisaje como recurso.

63. Fuentes documentales territoriales para la Admón. Local.

64. Metodología para la interpretación del patrimonio natural y cultural.

65. Los Sistemas de Información Geográfica (SIG). Análisis espacial. Sistemas de Información Geográfica en la provincia de Jaén. La experiencia de SIG en el ámbito local.

66. Los agentes de desarrollo local. Perfil y funciones.

67. Diagnósticos territoriales aplicados.

68. Planificación estratégica: De la definición del problema a la estrategia.

69. Liderazgo y toma de decisiones en el entorno local. Conflicto y técnicas de negociación y de participación.

70. Técnicas de investigación social.

71. Seguimiento y evaluación de proyectos.

72. La coordinación interadministrativa. Ejemplos y buenas prácticas en la provincia de Jaén.

Descargar PDF