Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 08/06/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Empresas Públicas

Resolución de 2 de abril de 2009, de la Oficina de Rehabilitación Integral de Barriada del Polígono Sur de Sevilla de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por la que se desestima la solicitud de regularización formulada sobre la vivienda correspondiente al Grupo SE-0029, Cuenta 387.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente de regularización incoado a petición de Don Mariano Cortes Moreno, referido a la vivienda sita en Madre Admirable, 3, 01 C, Sevilla (Sevilla), por esta Empresa Pública de Suelo de Andalucía se ha resuelto lo siguiente:

ANTECEDENTES

1. El interesado formuló en tiempo y forma solicitud de regularización de su situación en la vivienda de promoción pública en régimen de acceso diferido a la propiedad, finca número 61396, cuenta número 387, correspondiente a la matrícula SE-0029, al amparo de la Resolución de 5 de diciembre de 2005, por la que se establece procedimiento administrativo especial de regularización de ocupantes sin título, de las viviendas que componen el Grupo SE-0029, Barriada Las Letanías, del Parque Público de Viviendas de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

2. El interesado ha presentado la documentación señalada en el apartado 2 del artículo 5 de la Resolución de 5 de diciembre de 2005.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

I. Competencia.

La Empresa Pública de Suelo de Andalucía como titular de las viviendas de promoción pública es competente para resolver de conformidad con el apartado 4, del artículo 5, de la Resolución de 5 de diciembre de 2005. En virtud del artículo 3, apartado 1, del Acuerdo de 21 de septiembre de 2004, del Consejo de Gobierno, el Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía es competente para resolver, atribuyéndose el ejercicio de todas las competencias de gestión y administración referido al patrimonio transferido.

II. Legitimación.

Está legitimado activamente el interesado al ser ocupante de hecho de una vivienda de promoción pública descrita en los antecedentes, así como pasivamente la Empresa Pública de Suelo de Andalucía como propietaria.

III. Procedimiento.

La Resolución de 5 de diciembre de 2005 establece en su artículo 2.º, apartado 1, un plazo de presentación de solicitudes que se extenderá desde día 7 de marzo de 2006 hasta el 6 de septiembre de 2006, ambos inclusive, con objeto de que aquellos ocupantes de las viviendas que componen el Grupo SE-0029, Barriada Las Letanías, promoción integrada en el Parque Público de Viviendas de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, que carezcan de título legal y bastante para su ocupación, puedan solicitar su regularización.

El artículo 1 de la Resolución posibilita a los ocupantes de viviendas, que conforman el Grupo SE-0029, que carezcan de título legal y bastante para ello, la regularización de su situación mediante la adjudicación de la vivienda en régimen de acceso diferido a la propiedad en documento administrativo, conforme a la normativa de viviendas de protección oficial vigente en nuestra Comunidad, previo cumplimiento de determinados requisitos.

IV. Fondo del asunto.

El procedimiento administrativo especial de regularización de la ocupación establecido al amparo de la Resolución de 5 de diciembre de 2005 exige en su artículo 2 como requisito mínimo para la regularización, entre otros:

- No poseer ninguno de los miembros de la unidad familiar solicitante otra vivienda, libre o protegida, a título de propiedad.

- Ser ocupante efectivo de la vivienda sin título legal y bastante para ello, con anterioridad al 1 de noviembre de 2005, teniendo desde entonces en la misma su domicilio habitual y permanente.

Según Información Registral expedida por la Registradora de la Propiedad de Córdoba número 3, doña María Concepción Valverde Fernández, correspondiente a la solicitud formulada por la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, se hace constar que don Mariano Cortes Moreno es titular al 100% del pleno dominio con carácter privativo de dos fincas urbanas en la ciudad de Córdoba:

- Finca número 3606: Casa situada en la ciudad de Córdoba, Barriada Fray Albino, tipo A, ultrabarata, en la calle Beato Henares, señalada con el número doscientos cuarenta y dos. Adquirida por título de compraventa, en virtud de Escritura Pública, autorizada por el Notario don Santiago Echeverría Echeverría, en Córdoba el día 20 de febrero de 1998.

- Finca número 8069: Vivienda letra A, en la planta tercera, de la casa acceso C, número diecinueve, en la calle Algeciras, de la ciudad de Córdoba. Adquirida en virtud de Escritura Pública e inscrita el 6 de noviembre de 1996.

Manifiesta el solicitante del procedimiento administrativo especial de regularización residir en la vivienda de promoción pública, objeto del procedimiento referenciado, desde agosto del año 2005, según consta en la solicitud; sin embargo, no se aporta documentación que acredite fecha de ocupación alguna. Según comunicado de 21 de junio de 2006 del Jefe del Servicio de Estadística del Ayuntamiento de Sevilla se comunica a la Oficina para la Rehabilitación Integral de la Barriada Polígono Sur de Sevilla, adscrita a la Dirección de Áreas de Rehabilitación Concertada de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, que en la vivienda sobre la que se solicita proceso de regularización no aparece nadie empadronado.

Con fecha 31 de octubre de 2008 se da registro de salida a notificación certificada para el solicitante en virtud de la cual se le requieren documentos para la subsanación, numerándole todos aquellos que podría presentar en orden a acreditar la ocupación efectiva de la vivienda con anterioridad al 1 de noviembre de 2005, debiendo constituir en la misma, desde entonces, su domicilio habitual y permanente, en virtud del apartado b) del artículo 5, de la Resolución de 5 de diciembre de 2005, requerimiento que el solicitante no ha atendido.

Asimismo, se han realizado distintas visitas de inspección en la vivienda en diferentes días: 21 y 27 de agosto, 11 de septiembre, 9, 16 y 23 de octubre, 5, 6, 20 y 21 de noviembre y finalmente el 9 de diciembre de 2008, encontrándose en todas ellas ausente, por lo que se procedía a dejar la notificación de la visita correspondiente sin responder a las mismas en los términos previstos.

En su virtud, procede y

RESUELVO

Desestimar la solicitud de regularización formulada por don Mariano Cortes Moreno, con DNI núm. 26185404, sobre la vivienda de promoción pública sita en Madre Admirable, 3 01 C, Sevilla (Sevilla), finca núm. 61396, cuenta núm. 387, correspondiente a la matrícula SE-0029, por las razones expuestas en la fundamentación jurídica de esta Resolución.

Esta Resolución no agota la vía administrativa, y contra la misma podrá formular recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de abril de 2009.- El Director, P.D. (Resolución de 11.2.2005), el Gerente de la Oficina RIB Polígono Sur, Diego Gómez Ojeda.

Descargar PDF