Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 08/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 22 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Tanatorios y Funerarias del Sur.

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Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Tanatorios y Funerarias del Sur (Cód. 71014612), recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 11 de mayo de 2009, suscrito por la dirección de la empresa y por los trabajadores con fecha 20 de enero de 2009 y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias, y Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Remitir un ejemplar de la mencionada Revisión Salarial del Convenio al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero. Disponer la publicación de dicha Revisión Salarial en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de mayo de 2009.- El Director General, Juan Márquez Contreras.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA CON LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA «TANATORIOS Y FUNERARIAS DEL SUR»

ASISTENTES

Por la direccion de la empresa:

- Doña María José Valdivia Ruiz.

- Doña José Romero Sánchez.

Por los trabajadores:

Por el Comité de Empresa del centro de trabajo de Almería:

- Don José Luis Rueda Montoya (Presidente del Comité de Empresa).

- Don Antonio García Vergara (Secretario del Comité de Empresa).

- Don Bartolomé Cayuela Torres.

Delegado de Personal del centro de trabajo de El Ejido (Almería). Don Juan Francisco López Sedano.

Delegado de Personal del centro de trabajo de Motril (Granada). Don Juan Miguel de las Heras García.

En Almería, y en el domicilio social de la empresa Tanatorios y Funerarias del Sur, S.L., siendo las 11,00 horas del día 20 de enero de 2009, se reúnen los señores anteriormente relacionados y que se reconocen mutuamente su capacidad negociadora como representantes legales de la Empresa y de los Trabajadores respectivamente.

El objeto de la reunión es dar cumplimiento al artículo 25 del Pacto Empresa suscrito por la representación de la empresa y de los trabajadores con fecha 5 de junio de 2008, una vez conocido el Índice de Precios al Consumo (IPC) establecido por el INE al 31 de diciembre de 2008.

Seguidamente, se pasan a tratar los puntos objeto de esta reunión, alcanzándose tras varias deliberaciones, los siguientes

ACUERDOS

Primero. Revisión salarial.

Una vez que ha sido publicado por el Instituto Nacional del Estadística (INE) que el IPC registrado al 31 de diciembre de 2008 es del 1,4%, se procede a aplicar el incremento del 3,5% previsto el artículo 25 del Pacto Empresa, sirviendo las cantidades resultantes como base de cálculo para el incremento del próximo año.

Vigencia: El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, si bien las diferencias económicas se abonarán con efectos del primero de enero de 2009. Los atrasos que se deriven de la aplicación retroactiva de los conceptos económicos del presente acuerdo se harán efectivos dentro del mes siguiente a su publicación en el BOJA.

Retribuciones: De conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Pacto Empresa, las cantidades resultantes del incremento salarial para 2009 son las siguientes:

- Salario base. Será el que se establece para cada categoría en la correspondiente columna del Anexo adjunto al presente Acuerdo.

- Antigüedad. El importe establecido para cada bienio o quinquenio vencido será el que figura en la tabla de anexa al presente Acuerdo.

- Bolsa de vacaciones. Se fija en la cantidad de 82,29 euros anuales.

- Horas extraordinarias, estructurales y de presencia. Según Anexo.

- Complemento de destino. Su cuantía se fija en 135,90 euros mensuales, en cada una de las pagas ordinarias y extraordinarias.

- Engrase y limpieza. Se cifra en 51,18 euros mensuales.

- Plus de transporte. Su cuantía será de 34,11 euros mensuales, salvo en el período vacacional.

- Quebrando de moneda. Su importe será de 31,28 euros mensuales, salvo en el período vacacional.

ANEXO i
TABLA DE SALARIOS 2009
SALARIO BASE (euros/mes)
Gerente 1.105,27
Responsable de Servicios Funerarios 1.105,27
Responsable de Administración 1.105,27
Oficial administrativo 1.ª 1.015,50
Oficial administrativo 2.ª 961,85
Coordinador de Servicios de 1.ª 921,67
Coordinador de Servicios de 2.ª 803,92
Funerario de 1.ª 921,67
Funerario de 2.ª 803,92
Auxiliar administrativo 804,70
Personal de recepción 921,67
ANEXO ii
TABLA DE ANTIGÜEDAD 2009
BIENIO
(euro/mes)
QUINQUENIO
(euro/mes)
Gerente 47,74 95,49
Responsable de Servicios Funerarios 47,74 95,49
Responsable de Administración 47,74 95,49
Oficial administrativo 1.ª 43,41 86,82
Oficial administrativo 2.ª 40,81 81,63
Coordinador de Servicios de 1.ª 39,27 78,57
Coordinador de Servicios de 2.ª
Funerario de 1.ª 39,27 78,57
Funerario de 2.ª
Auxiliar administrativo 38,86 77,75
Personal de recepción 38,86 77,75

ANEXO III

VALOR HORAS EXTRAORDINARIAS, ESTRUCTURALES Y DE PRESENCIA 2009

GRUPO PRIMERO:
ANTIGÜEDAD EUROS/HORA
0 7,08
Un bienio 7,28
Dos bienios 7,53
2 bienios y 1 quinquenio 8,01
2 bienios y 2 quinquenios 8,49
3 bienios y 2 quinquenios 8,66
2 bienios y 3 quinquenios 8,85
2 bienios y 4 quinquenios 9,32
2 bienios y 5 quinquenios 9,77
GRUPO SEGUNDO:
ANTIGÜEDAD EUROS/HORA
0 7,11
Un bienio 7,33
Dos bienios 7,57
2 bienios y 1 quinquenios 8,03
2 bienios y 2 quinquenios 8,53
3 bienios y 2 quinquenios 8,75
2 bienios y 3 quinquenios 8,92
2 bienios y 4 quinquenios 9,39
2 bienios y 5 quinquenios 9,84
GRUPO TERCERO:
ANTIGÜEDAD EUROS/HORA
0 7,25
Un bienio 7,42
Dos bienios 7,66
2 bienios y 1 quinquenio 8,19
2 bienios y 2 quinquenios 8,65
3 bienios y 2 quinquenios 8,88
2 bienios y 3 quinquenios 9,09
2 bienios y 4 quinquenios 9,66
2 bienios y 5 quinquenios 10,30
GRUPO CUARTO:
ANTIGÜEDAD EUROS/HORA
0 8,02
Un bienio 8,26
Dos bienios 8,74
2 bienios y 1 quinquenio 8,97
2 bienios y 2 quinquenios 9,42
3 bienios y 2 quinquenios 9,59
2 bienios y 3 quinquenios 9,81
2 bienios y 4 quinquenios 10,23
2 bienios y 5 quinquenios 10,69
GRUPO QUINTO:
ANTIGÜEDAD EUROS/HORA
0 7,58
Un bienio 7,86
Dos bienios 8,20
2 bienios y 1 quinquenio 8,61
2 bienios y 2 quinquenios 9,11
3 bienios y 2 quinquenios 9,36
2 bienios y 3 quinquenios 9,63
2 bienios y 4 quinquenios 10,08
2 bienios y 5 quinquenios 10,55

Siendo de conformidad lo reflejado para la representación de la empresa y los representantes de los trabajadores, se acuerda por unanimidad su aprobación, se procede a la confección y firma del presente acta; autorizando a doña María José Valdivia Ruiz para que lleve a cabo todas las gestiones necesarias para la inscripción y registro de la revisión salarial acordada ante la autoridad laboral competente.

María José Valdivia Ruiz, José Romero Sánchez, José Luis Rueda Montoya, Antonio García Vergara, Bartolomé Cayuela Torres, Juan Francisco López Sedano, Juan Miguel de las Heras García.

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