Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 19/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de los municipios integrados en el Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira (Granada). (PP. 4443/2008).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión de Precios de Andalucía, en su sesión de 17 de diciembre de 2008, en relación con la revisión de tarifas de agua potable de los municipios integrados en el Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira (Granada), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas
IVA excluido
Cuota fija de servicio
Uso doméstico y benéfico
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 2,0655 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm 5,9699 euros/mes
Contadores de más de 50 mm 11,6655 euros/mes
Uso industrial, obras y centros oficiales
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 11,1778 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm 16,0862 euros/mes
Contadores de más de 50 mm 34,8108 euros/mes
Cuota variable
Uso doméstico
Hasta 8 m 0,3371 euros/m
Más de 8 m 1,0728 euros/m
Más de 16 m 1,5320 euros/m
Más de 30 m 1,7980 euros/m
Uso industrial y obras
Hasta 35 m 0,8025 euros/m
Más de 35 m 1,3806 euros/m
Usos oficiales
Bloque único 0,4885 euros/m

La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m3 mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.

Bonificación en tarifas domésticas.

«Bonificación en consumo: Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que están fuera del sistema de Canales-Quéntar/“El Chaparral”, se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.

Bonificación Bloque I -
Bonificación Bloque II - 0,5364 euros/m

Para los jubilados-pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:

- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.

- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

- No convivan con otras personas con rentas contributivas.

- Su consumo sea menor o igual a 10 m3 al mes.

Se les aplicará una bonificación de 0,3371 euros/m3 (100%) a los primeros 7,5 m3 al mes.

Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:

- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.

- Tengan un único suministro a su nombre, siendo éste el domicilio habitual.

Verán incrementado el tope superior de los bloques I y II tarifarios en 2,5 m3/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro.»

Recargo especial Cubillas
Suministros domésticos 0,2649 euros/m
Suministros industriales 0,3613 euros/m
Derecho de contratación
Uso doméstico
Calibres del contador en mm
Hasta 7 50,9857 euros
10 61,8040 euros
13 72,6223 euros
15 79,8345 euros
20 97,8650 euros
25 115,8955 euros
30 133,9260 euros
40 169,9870 euros
50 206,0480 euros
65 260,1395 euros
80 314,2310 euros
100 386,3530 euros
150 566,6580 euros
Uso industrial y obras
Calibres del contador en mm
Hasta 7 55,1456 euros
10 65,9639 euros
13 76,7822 euros
15 83,9944 euros
20 102,0249 euros
25 120,0554 euros
30 138,0859 euros
40 174,1469 euros
50 210,2079 euros
65 264,2994 euros
80 318,3909 euros
100 390,5129 euros
150 570,8179 euros
Usos oficiales
Calibres del contador en mm
Hasta 7 6,0480 euros
10 16,8663 euros
13 27,6846 euros
15 34,8968 euros
20 52,9273 euros
25 70,9578 euros
30 88,9883 euros
40 125,0493 euros
50 161,1103 euros
65 215,2018 euros
80 269,2933 euros
100 341,4153 euros
150 521,7203 euros
Derechos de reconexión
Calibres del contador en mm
Hasta 7 18,8727 euros
10 34,4014 euros
13 en adelante 34,5686 euros
Fianzas
Calibres del contador en mm
7, 10 y 13 21,1926 euros
15 y 20 38,2888 euros
25 60,0875 euros
30 85,4810 euros
40 147,7212 euros
50 203,4720 euros
Más de 50 203,4720 euros
Derechos de acometida
Parámetro A 19,2823 euros m/m
Parámetro B 84,6659 euros/litros/segundo

Esta Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de diciembre de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

Descargar PDF