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Por Orden de esta Consejería de fecha 14 de julio de 2004 se delegan en persona titular de la Secretaría General Técnica todas las competencias que la normativa de Contratos de las Administraciones Públicas atribuye al órgano de contratación, con excepción de las que expresamente se delegan en otros órganos.
Razones de orden técnico y eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias para los asuntos concretos que se citan, y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Córdoba.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 101, 102, 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo 1. Avocación de competencias.
Se avoca la competencia delegada en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en materia de contratación, respecto del siguiente expediente:
Contrato de obras, para la Oficina de Empleo en Peñarroya, correspondiente al proyecto de obras identificado con número de expediente 2005/486014.
Artículo 2. Delegación de competencias.
Se delega la competencia citada en el artículo 1 de esta Orden en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Córdoba.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de diciembre de 2008
Antonio Fernández García
Consejero de Empleo
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