Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 11/06/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Orden de 1 de junio de 2009, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.

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Encontrándose vacantes puestos de trabajo en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y de conformidad con el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y la Orden de 7 de noviembre de 2006, relativa a la ejecución de la sentencia 370/2006, de 10 de julio de 2006, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede Granada, Sección Primera, en el recurso contencioso-administrativo 168/2005, y en uso de la competencia atribuida a esta Consejería para la Igualdad y Bienestar Social por el artículo 43 del citado Decreto,

DISPONGO

Artículo 1. Convocar para su provisión mediante concurso de méritos los puestos de trabajo actualmente vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla, que se relacionan en el Anexo I-A, puestos de estructura, y I-B, puestos base de la presente Orden, con los requisitos que para cada puesto se especifican de conformidad con lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo.

Artículo 2. Designar a los miembros de la Comisión de Valoración, relacionados en el Anexo II, conforme a lo dispuesto en la base décima de la convocatoria.

Artículo 3. Aprobar las bases que regirán la convocatoria, contenidas en el Anexo III, así como los modelos oficiales siguientes: solicitud de participación (Anexo IV), petición de puesto de estructura y autobaremo (Anexo V), petición de puesto base y autobaremo (Anexo VI), relación de puestos de trabajo de convocatorias simultáneas solicitados por orden de preferencia (Anexo VII) y solicitud de corrección/actualización de datos registrales (Anexo VIII).

Artículo 4. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este mismo órgano, de conformidad con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición transitoria única. Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.

1. Si durante la tramitación del procedimiento de provisión se produce la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve el cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo convocados en la presente Orden, el Anexo I se entenderá modificado en el sentido que a continuación se señala:

a) Si el cambio implica que se adscriban a otra Consejería puestos de trabajo cuya provisión ha sido convocada por esta Consejería, el Anexo I de la presente Orden se entenderá modificado en el sentido de quedar dichos puestos excluidos de él.

b) Si el cambio implica que se adscriben a esta Consejería puestos de trabajo cuya provisión ha sido convocada por otra Consejería, el Anexo I de la presente Orden se entenderá modificado en el sentido de quedar dichos puestos incluidos en él.

c) Si el cambio implica una modificación en la adscripción orgánica de los puestos convocados por esta Consejería, el Anexo I de la presente Orden se entenderá modificado en el sentido de quedar dichos puestos adscritos al Centro Directivo de destino.

2. En todos los casos establecidos en el número anterior, la adjudicación de los puestos de trabajo la realizará el órgano al que le corresponda la competencia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero.

Sevilla, 1 de junio de 2009

Micaela Navarro Garzón

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

ANEXO II

COMISIÓN DE VALORACIÓN

Presidente/Presidenta:

Doña Yolanda Sánchez Gómez.

Presidente Suplente/Presidenta Suplente:

Don Antonio Rafael Aboza Nieto.

Vocales:

Doña Aurelia Elena Daza Bonachela.

Doña Amparo Cruz Sánchez del Corral.

Don Antonio Reyes Muñiz.

Doña M.ª Dolores Salado Hidalgo.

Don Manuel Asencio Cabeza.

Vocales Suplentes:

Doña Rosa M.ª Martínez Diéguez.

Doña Rosa M.ª Balosa Quintero.

Doña Ana M.ª Ruiz García.

Don Juan Antonio Ponce Garrido.

Don Fernando Pedro Arenas Domínguez.

Vocal Secretario/Vocal Secretaria:

Don Justo Suárez Arellano.

Vocal Secretario Suplente/Vocal Secretaria Suplente:

Don Fernando Martínez González.

Ver Anexo III en páginas ............... a ............... de este mismo número

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