Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 12/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 6 de mayo de 2009, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro docente privado de educación infantil Jardinalba, de Córdoba.

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Ángela M.ª López Redondo que junto a doña Inmaculada Torres Hernández, eran titulares del centro docente privado de educación infantil «Jardinalba», con código 14007957, ubicado en Carretera de Alba, núm. 14, de Córdoba, en solicitud de cambio de titularidad a favor doña Ángela M.ª López Redondo.

Resultando que el centro, con código 14007957, tiene autorización administrativa para 2 unidades de educación infantil de primer ciclo, por Orden de la Consejería de Educación de 24 de marzo de 2004 (BOJA de 3 de mayo de 2004).

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad del centro docente privado «Jardinalba», de Córdoba, a favor de doña Ángela M.ª López Redondo y doña Inmaculada Torres Hernández.

Resultando que doña Ángela M.ª López Redondo y doña Inmaculada Torres Hernández, deciden revertir la titularidad del centro a doña Eloísa Serrano García, que mediante escritura de cesión, otorgada ante don Antonio Palacios Luque, notario del Ilustre Colegio de Sevilla, cede la titularidad del referido centro a favor de doña Ángela M.ª López Redondo.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 14 de julio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de educación infantil «Jardinalba», de Córdoba que, en lo sucesivo, la ostentará doña Ángela M.ª López Redondo, que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan al mismo, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación infantil.

Denominación específica: Jardinalba.

Código de centro: 14007957.

Domicilio: Carretera de Alba, núm. 14.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Ángela M.ª López Redondo.

Composición resultante: 2 unidades de primer ciclo de educación infantil para 30 puestos escolares.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Segundo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 6 de mayo de 2009

María del Mar Moreno Ruiz

Consejera de Educación

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