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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Decreto 42/02, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución Definitiva de acogimiento familiar preadoptivo de expediente núm. 3522008-00004470-1, relativo al menor M.E.M., a la madre del mismo doña Malika el Mashaoui, por el que se
A C U E R D A
1. Mantener la situación legal de desamparo del menor M.E.M., nacido/a el día 6 de junio de 2008.
2. Dictar Resolución provisional que se eleva a definitiva de acogimiento preadoptivo del M.E.M., nacido/a el día 6 de junio de 2008.
Contra la Declaración Provisional de desamparo cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva por los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular Reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal.
Huelva, 27 de mayo de 2009.- La Delegada, Carmen Lloret Miserachs.
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