Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 25/06/2009

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público una beca de investigación financiada con los fondos de contratos, grupos o proyectos.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público un contrato laboral de investigación financiado con los fondos de contratos, grupos o proyectos.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar el contrato. El resto de requisitos se establecen en Anexo I.

Salario bruto del contrato: Ver Anexo I. En el importe indicado está incluido el prorrateo de pagas extraordinarias. A este importe se le adicionará la cuota patronal y los días por indemnización. En el caso de que el contrato se homologara tendrá derecho a la exención de las tasas académicas de los cursos de su programa de doctorado realizados en la Universidad de Almería, sólo para los dos primeros años de contrato y un máximo de 32 créditos.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vitae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca. (No se valorará aquello que no esté debidamente acreditado.)

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:

- Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

- El Director de la beca: Dr. Ignacio Manuel Rodríguez García.

- Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de esta.

- La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación, que actuará como Secretaria.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo II a esta convocatoria, pudiendo citar a los tres candidatos que hayan obtenido la mayor puntuación a una entrevista personal en la que se podrá incluir una prueba práctica. Esta entrevista se puntuará con un máximo de 5 puntos. La Resolución de las becas se publicará en el citado tablón de anuncios.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de esta beca.

Si se produjera la vacante o renuncia de una beca se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Becas.

Obligaciones del becario/a:

1. La aceptación de la beca por parte del/de la beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el/la tutor/a de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de esta.

2. Será obligación del/de la /becario/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada de la beca, previo informe del/de la tutor/a, así como informar de la renuncia de la misma.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

La presente Resolución, agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.2001), y contra la misma podrá interponer, recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes a partir de la recepción de esta Resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998).

Almería, 5 de mayo de 2009.- El Rector, Pedro Molina García.

ANEXO I

Una beca de investigación con cargo al contrato titulado «Química de Precursores de Antibióticos Beta-Lactámicos», con referencia 400682

Perfil de la beca:

- Titulación requerida: Licenciado en Química.

- Se valorará la experiencia de licenciatura igual o superior a 2 y experiencia en Síntesis Orgánica.

Cuantía de la beca: 1.142,00 €/mes.

Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).

Dedicación: Tiempo completo.

ANEXO II
1. Expediente académico (1-4) x 7
2. Becas (0-0,6)
2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación del MEC, Junta u homologada 0,4
2.2. Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC 0,2
3. Programa de doctorado (máximo 32 créditos computables) (0-0,59)
3.1. Por crédito ordinario realizado 0,01
3.2. Por crédito convalidado por trabajo de investigación o tesina 0,04
4. Estancias de investigación en otros centros (0-0,6)
4.1. En España 0,2 x mes
4.2. En el extranjero 0,3 x mes
5. Actividad investigadora (0 - 4,2)
5.1. Libros publicados hasta 2 puntos por cada uno
5.2. Libros publicados hasta 1 punto por cada uno
5.3. Libros publicados hasta 0,4 puntos por cada uno
5.4. Capítulos de libros y artículos hasta 1 punto por cada uno
5.5. Capítulos de libros y artículos hasta 0,5 puntos por cada uno
5.6. Capítulos de libros y artículos hasta 0,2 puntos por cada uno
5.7. Actas de congresos internacionales hasta 0,6 puntos por cada uno
5.8. Actas de congresos nacionales hasta 0,3 puntos por cada uno
5.9. Actas de congresos regionales hasta 0,12 puntos por cada uno
5.10. Comunicaciones a congresos internacionales hasta 0,2 puntos por cada uno
5.11. Comunicaciones a congresos nacionales hasta 0,1 puntos por cada uno
5.12. Comunicaciones a congresos regionales hasta 0,04 puntos por cada uno
6. Experiencia relacionada con los requisitos de la convocatoria (0-6)
7. Entrevista personal
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