Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 03/07/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 10 de junio de 2009, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en cumplimiento de la sentencia que se cita.

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En aplicación de la Orden de 27 de noviembre de 2008, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se dispone la ejecución provisional de la Sentencia núm. 427/08, de 21 de julio, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, se creó provisionalmente el puesto necesario para dar cumplimiento a lo establecido en la mencionada Orden.

Recaída con posterioridad la firmeza de la citada Sentencia, es necesario modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para crear, ahora con carácter permanente, un puesto de Auxiliar Administrativo en la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Málaga, lo que se efectúa mediante la presente Orden.

El puesto de trabajo creado tiene la única finalidad de dar cumplimiento a la sentencia de la que trae causa, de forma que, una vez ejecutada, el puesto creado finalizará su vigencia y se eliminará automáticamente con efectos del día en que quede vacante y sin ocupación.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.e) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, queda modificada en los términos indicados en el Anexo de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se retrotraerán al 16 de abril de 2008.

Sevilla, 10 de junio de 2009

BEGOÑA ÁLVAREZ CIVANTOS

Consejera de Justicia y Administración Pública

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