Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 06/07/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Acuerdo de 23 de junio de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, relativo a la adquisición de terrenos en el parque empresarial «La Raya», sitos en el término municipal de Aljaraque (Huelva), para su empleo como primer asentamiento del Parque Científico-Tecnológico de Huelva (PCTH).

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De conformidad con lo previsto en el artículo 10.h) de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero, y a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de junio de 2009, adoptó el siguiente

ACUERDO

Ratificar el adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, con fecha 9 de junio de 2009, que se contiene en el documento Anexo.

Sevilla, 23 de junio de 2009

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARTÍN SOLER MÁRQUEZ

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

ANEXO

Autorizar el gasto, hasta un máximo de 11.000.000 euros (once millones de euros), más los gastos y tributos que origine la operación, para la compra de la manzana T1 (69.555 m²) del Parque Comercial y Empresarial «La Raya», en Aljaraque (Huelva), integrada por las fincas registrales números 8.412, 13.288, 13.292, 13.294, 13.296 y 13.290, inscritas en el Registro de la Propiedad de Punta Umbría (Huelva).

La compraventa del terreno se efectuará como cuerpo cierto, libre de cargas y gravámenes, y al corriente en el pago de cualquier gasto y tributo.

La forma de pago es la siguiente:

A. 7.500.000 euros (siete millones quinientos mil euros) al contado en el momento de otorgamiento de la escritura pública de compraventa.

B. El resto del precio, esto es 3.500.000 euros (tres millones quinientos mil euros), mediante pagaré con plazo de vencimiento a un año desde el otorgamiento de la escritura de compraventa.

Todos los gastos y tributos que origine esta operación serán según Ley.

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