Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 08/07/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 22 de junio de 2009, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca, concurso público de méritos para la contratación de personal docente e investigador.

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La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a tenor de lo dispuesto en los artículos 2.2.e) y 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el Real Decreto 989/2008, convoca Concurso Público de Méritos para la contratación de Profesores Asociados, Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Contratados Doctores (Modalidad Ordinaria) (Título IX de la LOU y Sección 2.ª de la LAU) que se relacionan en el Anexo II de esta convocatoria, para desempeñar funciones docentes y, en su caso, investigadoras en las materias que se especifican.

El presente Concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (BOJA de 31 de diciembre), por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por el Real Decreto 989/2008, por el Decreto 298/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y por la Normativa sobre el Procedimiento de Contratación de Personal Docente e Investigador aprobada por la Comisión Gestora de esta Universidad con fecha 12 de julio de 2002.

1.ª Requisitos de los aspirantes.

1.1. Estas contrataciones no están sujetas a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad.

1.2. Para ser admitido al presente concurso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.2.1. Tener cumplidos los 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación.

1.2.2. Estar en posesión del título académico exigido para cada figura. En el caso de haber realizado sus estudios fuera del estado español, la titulación académica deberá estar homologada según el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, presentarán bien la homologación, o bien la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

1.2.3. Los candidatos a plazas de Profesores Asociados deberán ser especialistas de reconocida competencia que acrediten de forma fehaciente y mediante documentación oficial que justifique tal circunstancia, estar ejerciendo, fuera del ámbito académico universitario, una actividad remunerada laboral, profesional o en la administración pública, relacionada con materias impartidas por el área de conocimiento para la que sea contratado y con una antigüedad de al menos 3 años. Deberán mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su período de contratación.

La titulación requerida para plazas de Profesores Asociados será estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.

Para las plazas del Área de conocimiento de Trabajo Social y Servicios Sociales se admitirán a concurso a Diplomados, Arquitectos Técnicos o Ingenieros Técnicos. En cualquier caso estas plazas sólo podrán quedar adscritas a la docencia en diplomaturas universitarias.

1.2.4. Los candidatos a plazas de Ayudantes deberán estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.

1.2.5. Los candidatos a plazas de Profesores Ayudantes Doctores deberán estar en posesión del título de doctor y de la correspondiente acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

1.2.6. Los candidatos a plazas de Profesores Contratados Doctores deberán estar en posesión del título de doctor y de la correspondiente acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

1.2.7. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

1.2.8. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

1.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

1.4. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada en cada caso.

2.ª Presentación de solicitudes.

2.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum debidamente cumplimentada y firmada, según modelo establecido por la Universidad Pablo de Olavide que se facilitará en Información (Edificio 9) de esta Universidad (Anexo III).

2.2. A dicha solicitud, los interesados adjuntarán, documentalmente justificados, cuantos méritos estimen oportunos en orden a la adjudicación de la plaza a la que concursen. Dichos méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figura en la instancia-currículum, al objeto de su comprobación e identificación por la Comisión de Contratación.

Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción si así es requerido por la Comisión de contratación.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se podrán alegar nuevos méritos.

2.3. La titulación requerida se acreditará mediante fotocopia del título universitario correspondiente o, en su caso, del justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá acreditarse la correspondiente homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, presentarán bien la homologación, o bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

2.4. Para acreditar los requisitos los candidatos deberán presentar:

- Plazas de Profesores Asociados:

Para acreditar el ejercicio de la actividad profesional, los candidatos a plazas de profesores asociados deberán presentar junto con la solicitud de participación, los siguientes documentos expedidos dentro del plazo de presentación de instancias:

a) Trabajador por cuenta ajena: Fotocopia del contrato de trabajo e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

En el caso de los Funcionarios de Carrera deberán aportar certificado acreditativo de dicha condición en el que se indique la antigüedad, expedido por el Organismo correspondiente.

b) Trabajador por cuenta propia: Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el supuesto de que para la actividad profesional que se ejerce no resulte obligatoria el alta en ninguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se deberá presentar certificación del colegio profesional correspondiente que acredite el ejercicio de la actividad profesional.

En ambos casos los documentos presentados deberán dejar constancia del ejercicio de una actividad remunerada laboral, profesional o en la administración pública, con una antigüedad de al menos 3 años.

- Plazas de Profesores Ayudantes Doctores:

Documentación acreditativa de la evaluación positiva de la actividad docente e investigadora para la contratación de profesorado universitario en la figura de Profesor Ayudante Doctor por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

- Plazas de Profesores Contratados Doctores:

Documentación acreditativa de la evaluación positiva de la actividad docente e investigadora para la contratación de profesorado universitario en la figura de Profesor Contratado Doctor por parte de la Agencia.

Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

2.5. Quienes deseen tomar parte en este concurso remitirán la correspondiente solicitud (Anexo III) al Señor Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, carretera de Utrera, Kilómetro 1, 41013, Sevilla, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

2.6. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, la cantidad de 23,60 euros en concepto de derechos de examen. El impreso correspondiente se facilitará junto con la instancia.

2.7. El ingreso o transferencia bancaria deberá efectuarse en el Banco Santander Central Hispano, en la cuenta 0049-5048-50-2616135233, abierta en esa entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide. Ingresos Diversos», haciéndose constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del interesado, núm. de orden de la plaza a la que concursa, núm. de documento: 099, Referencia 1: 002 y Referencia 2: DNI/NIF/Pasaporte.

A la instancia-currículum deberá adjuntarse el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

2.8. Los interesados deberán presentar una instancia-currículum y abonar los derechos de examen por cada código y tipo de plaza a la que se pretenda concursar.

2.9. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública, en el plazo máximo de los 10 días hábiles siguientes, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos con indicación, en este último caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web de esta Universidad. Contra esta Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles.

Cuando algún interesado, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos) para la presentación de dichos documentos acreditativos. Sólo se valorarán los méritos que el concursante reúna a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que estén debidamente acreditados. Dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, el mencionado plazo de diez días hábiles no podrá ser ampliado.

Una vez resueltas las reclamaciones, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos por el procedimiento anteriormente mencionado.

2.10. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado.

3.ª Resolución del concurso.

3.1. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación de esta Universidad.

El baremo general que rige para todas las plazas convocadas se acompaña con esta convocatoria (Anexo I).

El baremo específico mediante el cual se juzgará a los candidatos, será publicado en el tablón de anuncios del Rectorado.

Las Comisiones de Contratación se reservan el derecho de efectuar entrevistas personales a aquellos candidatos que se estime oportuno a fin de aclarar aspectos determinados de los «currícula» presentados.

3.2. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias serán competentes para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo.

3.3. El cómputo de los plazos que se establece para las Comisiones en la Normativa sobre el Procedimiento de Contratación de Personal Docente e Investigador, se realizará excluyendo el mes de agosto.

3.4. Los presidentes de las Comisiones de Contratación procederán para que las correspondientes Comisiones se reúnan al objeto de resolver el concurso, en un plazo no superior a cinco días hábiles, si las circunstancias lo permiten, desde la recepción de las solicitudes en los departamentos afectados.

El Área de Recursos Humanos PDI publicará las propuestas de adjudicación en el tablón de anuncios del Rectorado en el plazo de dos días desde su recepción. Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de las plazas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6-b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que no se efectuará notificación personal alguna. El mismo carácter tendrá las distintas publicaciones en el tablón de anuncios del Rectorado de los acuerdos y Resoluciones a que de lugar esta convocatoria.

Contra las propuestas de adjudicación, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Señor Rector Magnífico de esta Universidad, en el plazo de un mes a partir de su publicación. La notificación a los interesados se realizará a través de su publicación en el tablón del Rectorado y en la página web de la Universidad.

Las publicaciones en la página web de la Universidad no tendrán carácter vinculante.

4.ª Duración de los contratos.

La duración de los contratos será la siguiente:

4.1. Iniciación:

Los aspirantes propuestos se personarán en el Área de Recursos Humanos PDI de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de 10 días a partir del día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión de la plaza, al objeto de la aceptación del contrato y de presentación de la documentación necesaria para la firma del contrato.

El plazo para la firma del contrato será el establecido en el apartado 3.1 de la Normativa sobre el Procedimiento de Contratación de Personal Docente e Investigador. En el caso de que en dicho plazo no se proceda a la firma del contrato por el adjudicatario se entenderá que renuncia al mismo y, se avisará telefónicamente al siguiente de la lista de aspirantes con mayor puntuación siempre que supere el mínimo establecido por la Comisión, el cual dispondrá de un plazo de 5 días para personarse a la firma del contrato, entendiéndose que de no hacerlo renuncia al mismo. El procedimiento para contactar con los candidatos será el siguiente:

- Se realizarán cuatro llamadas en dos días consecutivos, al teléfono facilitado por el concursante en su instancia, de forma que si a la cuarta llamada telefónica no contestasen, se levantará diligencia y se pasará al siguiente de la lista.

Los efectos del contrato serán del día 28 de septiembre de 2009 si éste se firma con anterioridad a esa fecha. En caso contrario los efectos serán del día siguiente de la firma del mismo.

La documentación a presentar por los adjudicatarios de las plazas para poder firmar el contrato será la siguiente:

a) Originales de la documentación requerida en el punto 2.4 de la convocatoria.

b) Original y 2 fotocopias del Documento Nacional de Identidad/pasaporte/NIE.

c) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar permiso de residencia y la excepción del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en la Normativa sobre contratación de Profesores Visitantes y demás figuras contractuales de profesores previstas en la Ley Orgánica de Universidades de nacionalidad extracomunitaria, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla y en el art. 68.6 de R.D. 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformado por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, y 11/2003, de 29 de septiembre.

d) Original y fotocopia de la Titulación requerida.

e) Certificado Médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

f) 2 fotografías tamaño carné recientes y con el fondo blanco.

g) Número de afiliación a la Seguridad Social, (fotocopia del documento de afiliación a la S.S.).

h) Datos Bancarios.

i) Solicitud de compatibilidad, si procediese, acompañada de certificados de horario expedidos por el Centro o Departamento correspondiente de esta Universidad, en cuanto a la actividad docente, y por el titular del órgano competente en materia de personal, en cuanto a la actividad pública o privada que se pretende compatibilizar. En el caso tanto de actividad pública como privada por cuenta ajena se acompañarán dos fotocopias de la última nómina.

Todos los documentos indicados anteriormente que no estén redactados en lengua castellana deberán estar acompañados de su correspondiente traducción oficial. La traducción oficial podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:

a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.

b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los documentos en España.

c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.

Durante la vigencia del contrato la Universidad podrá pedir al adjudicatario la aportación de los originales correspondientes a cualquier otro documento presentado al concurso. La no aportación de los originales requeridos o la no veracidad de los datos del curriculum podrá determinar la resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar en derecho.

Los adjudicatarios de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber firmado el contrato y sin estar dados de alta en la Seguridad Social.

No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.

4.2. Terminación:

Para las plazas de Profesores Asociados la duración del contrato será hasta el 30 de septiembre de 2010.

Para las plazas de Profesores Contratados Doctores el contrato tendrá carácter indefinido y con dedicación a tiempo completo.

Para las plazas de Ayudantes y Profesores Ayudantes Doctores, la duración del contrato será por un máximo de 5 años. En cualquier caso, el tiempo total de duración conjunta entre ambas figuras no podrá exceder de 8 años.

5.º Retirada documentación.

Los concursantes que no hayan obtenido plaza podrán retirar la documentación presentada al concurso en el plazo de tres meses desde que devenga firme la resolución administrativa (o judicial, en su caso) del concurso.

A partir de dicho plazo, la Universidad dispondrá de dicha documentación, pudiendo llevar a cabo su destrucción.

6.º Disposición final.

Contra esta Resolución podrá interponerse, por los interesados, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios de esta Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 22 de junio de 2009.- El Rector, Juan Jiménez Martínez.

ANEXO I

BAREMO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR EN LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE

I. Expediente, títulos y formación considerando la calidad y relación con la plaza objeto de concurso, hasta 2 puntos.

II. Docencia e investigación considerando la calidad y relación con la plaza objeto de concurso, hasta 4 puntos desglosados así:

II.1. Por actividad docente, hasta 2 puntos.

II.2. Por actividad investigadora, hasta 2 puntos.

III. Otros méritos, hasta 1 punto desglosado así:

III.1. Otras titulaciones, hasta 0,1 puntos.

III.2. Cursos y cursillos recibidos, hasta 0,1 puntos.

III.3. Actividad profesional, hasta 0,8 puntos.

IV. Adecuación de los méritos del concursante a las necesidades docentes e investigadoras de la Universidad Pablo de Olavide, hasta 3 puntos.

La Comisión de Contratación determinará para cada concursante dicho grado de adecuación, oído el responsable del área de conocimiento correspondiente a la plaza objeto de concurso. Si la Comisión de Contratación lo estima oportuno, los concursantes a la plaza convocada tendrán que presentar un programa de la asignatura y podrán ser citados a una entrevista ante la Comisión.

Cuando en la plaza objeto de concurso se requiera a los concursantes un perfil concreto, esta circunstancia tendrá que ser valorada por la Comisión de Contratación quedando constancia en el Acta.

ANEXO II

Departamento de Derecho Público

Núm. de orden: 09126.

Tipo de plaza: Profesor Contratado Doctor.

Régimen de dedicación*: Tiempo completo.

Área de conocimiento: Filosofía del Derecho.

Perfil: Filosofía del derecho, filosofía política y derechos humanos.

Contrato A, 1.º ó 2.º Ctm: A.

* h/s indica las horas lectivas semanales.

Ver Anexo III en páginas 33 a 39 del BOJA núm. 39, de 26.2.2009

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