Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 10/07/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 15 de junio de 2009, de la Delegación Provincial de Málaga, publicando Acuerdo de Inicio dictado por el Jefe de Servicio de Vivienda, de Procedimiento de Resolución de Contrato, que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En relación a la vivienda sita en C/ Hernando de Soto, núm. 10-2.º-2, de Málaga y número de expediente MA-9, CTA-23 y en virtud de los siguientes hechos:

1. Con fecha 1.1.1959, don Francisco Vergara Algarra suscribió contrato de Inquilinato Provisional, siendo adjudicatario de la Vivienda Protegida arriba referenciada.

2. Con fecha 2.12.2008 por persona interesada se solicitó regularización en la misma por Decreto 237/2007, de 4 de septiembre, por el que se dictan medidas referidas a los ocupantes, sin titulo, de viviendas de promoción pública pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía y a la Amortización Anticipada del capital pendiente por los adjudicatarios.

3. En virtud del punto anterior, y según documentación obrante en el expediente, se observa que don Francisco Vergara Algarra, adjudicatario de la vivienda, no tiene en ella su residencia habitual y permanente.

Será causa de Resolución de contrato el incumplimiento de la condición establecida en el articulo 107 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección Oficial, la de residencia habitual y permanente del cesionario.

Por todo lo anterior, por esta Jefatura de Servicio se acuerda iniciar procedimiento de resolución de contrato por incumplimiento del mismo, según lo establecido en el apartado anterior, frente a don Francisco Vergara Algarra, estableciendo un plazo de 15 días hábiles desde esta publicación, a efectos de realizar las alegaciones que considere oportunas, según lo establecido en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que de no presentar alegaciones en el plazo mencionado, este acuerdo de inicio podrá ser entendido como propuesta de resolución, sin que frente al mismo quepa recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 107.1 de la mencionada Ley.

Málaga, 15 de junio de 2009.- La Delegada, Josefa López Pérez.

Descargar PDF